Nội dung text TEST ORDEN DE PROTECCIÓN R.pdf
2 Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. 2. La orden de protección será acordada por el juez de oficio o a instancia de la víctima o persona que tenga con ella alguna de las relaciones indicadas en el apartado anterior, o del Ministerio Fiscal. 5. Orden de Protección. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Quién debe poner en conocimiento del juez de guardia o del Ministerio Fiscal los hechos relacionados con la violencia de género? a) Las entidades u organismos asistenciales, públicos o privados. b) La víctima. c) Ambas son correctas. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. Sin perjuicio del deber general de denuncia previsto en el artículo 262 de esta ley, las entidades u organismos asistenciales, públicos o privados, que tuvieran conocimiento de alguno de los hechos mencionados en el apartado anterior deberán ponerlos inmediatamente en conocimiento del juez de guardia o del Ministerio Fiscal con el fin de que se pueda incoar o instar el procedimiento para la adopción de la orden de protección. 6. Orden de Protección. La Ley Reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica es: a) La Ley 27/2003, de 31 de julio. b) La Ley 23/2007, de 31 de julio. c) Ninguna de las respuestas es correcta. Ley 27/2003, de 31 de julio, Reguladora de la Orden de Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-15411 7. Orden de Protección. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Dónde puede solicitarse la Orden de Protección? a) Ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal. b) Ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales o instituciones asistenciales depend3ientes de las Administraciones públicas. c) Ambas son correctas. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. 3. La orden de protección podrá solicitarse directamente ante la autoridad judicial o el Ministerio Fiscal, o bien ante las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, las oficinas de atención a la víctima o los servicios sociales o instituciones asistenciales dependientes de las Administraciones públicas. Dicha solicitud habrá de ser remitida de forma inmediata al juez competente. En caso de suscitarse dudas acerca de la competencia territorial del juez, deberá iniciar y resolver el procedimiento para la adopción de la orden de protección el juez ante el que se haya solicitado ésta, sin perjuicio de remitir con posterioridad las actuaciones a aquel que resulte competente. 8. Orden de Protección. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Quién convocará a una audiencia urgente una vez recibida la solicitud de Orden de Protección? a) El Juez de guardia. b) El Ministerio Fiscal. c) Las dos son correctas. Real Decreto de 14 de septiembre of 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. 4. Recibida la solicitud de orden de protección, el Juez de guardia, en los supuestos mencionados en el apartado 1 de este artículo, convocará a una audiencia urgente a la víctima o su representante legal, al solicitante y al presunto agresor, asistido, en su caso, de Abogado. Asimismo, será convocado el Ministerio Fiscal.
3 9. Orden de Protección. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Cuál es el plazo máximo para celebrar la audiencia urgente desde la presentación de la solicitud de la Orden de Protección? a) 24 horas. b) 72 horas. c) 1 semana. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. Esta audiencia se podrá sustanciar simultáneamente con la prevista en el artículo 505 cuando su convocatoria fuera procedente, con la audiencia regulada en el artículo 798 en aquellas causas que se tramiten conforme al procedimiento previsto en el Título III del Libro IV de esta Ley o, en su caso, con el acto del juicio de faltas. Cuando excepcionalmente no fuese posible celebrar la audiencia durante el servicio de guardia, el Juez ante el que hubiera sido formulada la solicitud la convocará en el plazo más breve posible. En cualquier caso la audiencia habrá de celebrarse en un plazo máximo de setenta y dos horas desde la presentación de la solicitud. 10. Orden de Protección. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Qué medidas adoptará el Juez de guardia durante la audiencia urgente tras la solicitud de una Orden de Protección? a) Las medidas oportunas para evitar la confrontación entre el presunto agresor y la víctima, sus hijos y los restantes miembros de la familia. b) Las medidas para proteger de violencia o agresiones a las partes. c) Las dos respuestas son correctas. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. Durante la audiencia, el Juez de guardia adoptará las medidas oportunas para evitar la confrontación entre el presunto agresor y la víctima, sus hijos y los restantes miembros de la familia. A estos efectos dispondrá que su declaración en esta audiencia se realice por separado. 11. Orden de Protección. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Qué comprende la Orden de Protección? a) Las medidas cautelares de orden civil y penal. b) Las medidas de asistencia y protección social establecidas en el ordenamiento jurídico. c) Ambas son correctas. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. La orden de protección confiere a la víctima de los hechos mencionados en el apartado 1 un estatuto integral de protección que comprenderá las medidas cautelares de orden civil and penal contempladas en este artículo y aquellas otras medidas de asistencia y protección social establecidas en el ordenamiento jurídico. 12. Orden de Protección. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Quién adoptará las medidas cautelares de carácter penal? a) El Ministerio Fiscal. b) El Juez de instrucción. c) La Policía. Real Decreto of 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. Las medidas cautelares de carácter penal podrán consistir en cualesquiera de las previstas en la legislación procesal criminal. Sus requisitos, contenido y vigencia serán los establecidos con carácter general en esta ley. Se adoptarán por el Juez de instrucción atendiendo a la necesidad de protección integral e inmediata de la víctima y, en su caso, of las personas sometidas a su patria potestad, tutela, curatela, guarda o acogimiento. 13. Orden de Protección. ¿Quién puede solicitar las medidas de naturaleza civil en los casos de violencia de género al solicitar una Orden de Protección? a) La víctima y su representante legal. b) El Ministerio Fiscal. c) Las dos respuestas son correctas. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal
4 Artículo 544 ter. Las medidas de naturaleza civil deberán ser solicitadas por la víctima o su representante legal, o bien por el Ministerio Fiscal cuando existan hijos menores o personas con la capacidad judicialmente modificada, determinando su régimen de cumplimiento y, si procediera, las medidas complementarias a ellas que fueran precisas, siempre que no hubieran sido previamente acordadas por un órgano del orden jurisdiccional civil, y sin perjuicio de las medidas previstas en el artículo 158 del Código Civil. Cuando existan menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que convivan con la víctima y dependan de ella, el Juez deberá pronunciarse en todo caso, incluso de oficio, sobre la pertenencia de la adopción de las referidas medidas. 14. Orden de Protección. ¿Qué puede determinar las medidas de naturaleza civil en los casos de violencia de género? a) Solo la forma en que se ejercerá la patria potestad. b) Solo el régimen de prestación de alimentos. c) Varias cosas, incluyendo la forma en que se ejercerá la patria potestad, el régimen de prestación de alimentos, y más. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. Estas medidas podrán consistir en la forma en que se ejercerá la patria potestad, acogimiento, tutela, curatela o guarda de hecho, atribución del uso y disfrute de la vivienda familiar, determinar el régimen de guarda y custodia, suspensión o mantenimiento del régimen de visitas, comunicación y estancia con los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección, el régimen de prestación de alimentos, así como cualquier disposición que se considere oportuna a fin de apartarles de un peligro o de evitarles perjuicios. 15. Orden de Protección. ¿Qué sucede cuando se dicta una Orden de Protección y hay indicios de que los menores han presenciado la violencia? a) Se suspende la patria potestad. b) Se suspende el régimen de visitas. c) Las dos respuestas son correctas. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. Cuando se dicte una orden de protección con medidas de contenido penal y existieran indicios fundados de que los hijos e hijas menores de edad hubieran presenciado, sufrido o convivido con la violencia a la que se refiere el apartado 1 de este artículo, la autoridad judicial, de oficio o a instancia de parte, suspenderá el régimen de visitas, estancia, relación o comunicación del inculpado respecto de los menores que dependan de él. No obstante, a instancia de parte, la autoridad judicial podrá no acordar la suspensión mediante resolución motivada en el interés superior del menor y previa evaluación de la situación de la relación paternofilial. 16. Orden de Protección. ¿Cuánto tiempo tienen vigencia las medidas de carácter civil contenidas en la Orden de Protección? a) Treinta días. b) Sesenta días. c) Noventa días. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 544 ter. Las medidas de carácter civil contenidas en la orden de protección tendrán una vigencia temporal de treinta días. Si dentro de este plazo fuese incoado a instancia de la víctima o de su representante legal un proceso de familia ante la jurisdicción civil, las medidas adoptadas permanecerán en vigor durante los treinta días siguientes a la presentación de la demanda. En este término las medidas deberán ser ratificadas, modificadas o dejadas sin efecto por el Juez de primera instancia que resulte competente. 17. Orden de Protección. ¿Qué sucede si se inicia un proceso de familia ante la jurisdicción civil dentro del plazo de vigencia de las medidas de carácter civil estipuladas en la Orden de Protección? a) Las medidas adoptadas pierden su vigencia. b) Las medidas adoptadas permanecen en vigor durante los treinta días siguientes a la presentación de la demanda. c) Las medidas adoptadas permanecen en vigor durante los sesenta días siguientes a la presentación de la demanda.