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Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Caso 3 Página 1 de 5 16/01/25 - j.d.b. CONTABILIDAD FINANCIERA Y SOCIEDADES INGRESOS La sociedad PRO, SA, en el ejercicio X3 ha realizado las siguientes operaciones relacionadas con los dos tipos de productos (Y y Z) que comercializa: 1. El producto Z ha comenzado a venderse por primera vez este año X3. Se adquirieron 100.000 unidades a 60 unidades monetarias (u.m.) cada una y se han vendido y cobrado 80.000 unidades en 40.000.000 u.m. Para la promoción de Z se inició, una campaña consistente en la entrega de un producto R si se presentan 10 tapas del envase del producto Z y se abonan 10 u.m. El producto R, de reciente comercialización por la empresa, deja un escaso margen comercial a la misma. PRO, SA compró 5.000 unidades de producto R con un coste unitario de 30 u.m. y prevé que, según se han comportado los clientes en anteriores campañas similares, se presentarán para adquirir dicho producto R el 60% de las unidades vendidas. Durante este ejercicio ya se han canjeado 30.000 productos R y a 31/12 se mantiene las previsiones. 2. El producto Y se vende con una garantía de 1 año, pero en el ejercicio X2 PROSA S.A. comenzó a ofrecer un año más de garantía si se abonaba un recargo del 2% del precio de venta. En ese año aceptaron la oferta clientes cuya compra ascendió a 2.000.000 u.m., sin incluir el recargo por ampliación de garantía, cuya cobertura termina este mes de diciembre. Antes del cierre se ha constatado que tanto en X2 como en X3 las cantidades correspondientes al recargo para incrementar el periodo de garantía se registraron como mayor importe de las ventas. En este ejercicio se han registrado ventas por 4.590.000 u.m., que incluyen el mencionado recargo. 3. Solo los productos «Y» se venden con garantía por posibles defectos. Suelen hacerse tres tipos de reparaciones: de poco coste («A»), medio («B») e importante («C») y es «PRO, SA» con sus propios recursos quien las hace. Al cierre del ejercicio 20X3 se ha calculado que si todas las unidades vendidas tuvieran que recibir la reparación «A» el coste para la empresa ascendería a 900.000 u.m., si fuera la «B» 2.000.000 de u.m. y si fuera la «C» 3.700.000 u.m. Según los datos de ejercicios anteriores se estima que el 70 por 100 de las unidades vendidas no requerirá ningún tipo de reparación, el 20 por 100 requerirá la de tipo «A», el 8 por 100 la «B» y el 2 por 100 la «C». En el ejercicio 20X2, aplicando los mismos criterios, se calculó un posible gasto de reparación de 200.000 u.m. y este año se han realizado reparaciones con un coste de 180.000 u.m. «PRO, SA» también se dedica a reparar productos que ella no ha vendido o están fuera de garantía; en este ejercicio ha facturado y cobrado 1.000.000 de u.m. por este concepto. Se pide: Según la información facilitada y sabiendo que la fecha de cierre de ejercicio es el 31-12-20X3, realizar los asientos que procedan.
Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Caso 3 Página 2 de 5 16/01/25 - j.d.b. INGRESOS 1. El producto Z ha comenzado a venderse por primera vez este año X3. Se adquirieron 100.000 unidades a 60 unidades monetarias (u.m.) cada una y se han vendido y cobrado 80.000 unidades en 40.000.000 u.m. Para la promoción de Z se inició, una campaña consistente en la entrega de un producto R si se presentan 10 tapas del envase del producto Z y se abonan 10 u.m. El producto R, de reciente comercialización por la empresa, deja un escaso margen comercial a la misma. PRO, SA compró 5.000 unidades de producto R con un coste unitario de 30 u.m. y prevé que, según se han comportado los clientes en anteriores campañas similares, se presentarán para adquirir dicho producto R el 60% de las unidades vendidas. Durante este ejercicio ya se han canjeado 30.000 productos R y a 31/12 se mantiene las previsiones. Por la compra de producto Z y producto R: ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- 6.000.000 600 Compra de mercaderías (100.000 x 60) a 572 Bancos, c/c euros 6.000.000 ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- 150.000 600 Compra de mercaderias (5.000 x 30) a 572 Bancos, c/c euros 150.000 ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- Por la venta de producto Z: Contraprestación recibida por el contrato: 40.000.000 €. Estimación de los regalos de R entregar: 80.000 uds producto / 10 = 8.000 regalos x 60% probabilidad canje = 4.800 regalos. VR producto Z: 40.000.000 €. VR producto R: 4.800 regalos a canjear x 30 €/regalo = 144.000 € (considerando que el VR del producto R coincide con su precio de adquisición por la empresa dado que tiene poco margen). Asignación en proporción a su valor razonable: VR % Importe Producto Z 40.000.000,00 99,64% 39.856.516,54 Producto R 144.000,00 0,36% 143.483,46 40.144.000,00 100,00% 40.000.000,00 ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- 40.000.000 572 Bancos, c/c euros a 700 Venta mercaderías 39.856.516,54 a 438 Anticipo de clientes 143.483,46 ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- Por el canje de las tapas: 30.000 tapas / 10 = 3.000 productos R x 10 €/cada R = 30.000 € (ingresos por el canje). (3.000 / 4.800) x 143.483,46 = 89.902,16 €
Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Caso 3 Página 3 de 5 16/01/25 - j.d.b. ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- 89.902,16 438 Anticipo de clientes 30.000,00 572 Bancos, c/c euros a 700 Venta mercaderías 119.902,16 ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- Por las existencias finales de producto Z y producto R: ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- 1.200.000 300 Existencias Z (20.000 ud x 60€) a 610 Variación existencias 1.200.000 ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- 60.000 300 Existencias R (2.000 ud x 30€) a 610 Variación existencias 60.000 ------------------------------------------------ x -----------------------------------------------
Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Caso 3 Página 4 de 5 16/01/25 - j.d.b. 2. El producto Y se vende con una garantía de 1 año, pero en el ejercicio X2 PROSA S.A. comenzó a ofrecer un año más de garantía si se abonaba un recargo del 2% del precio de venta. En ese año aceptaron la oferta clientes cuya compra ascendió a 2.000.000 u.m., sin incluir el recargo por ampliación de garantía, cuya cobertura termina este mes de diciembre. Antes del cierre se ha constatado que tanto en X2 como en X3 las cantidades correspondientes al recargo para incrementar el periodo de garantía se registraron como mayor importe de las ventas. En este ejercicio se han registrado ventas por 4.590.000 u.m., que incluyen el mencionado recargo. La venta del producto incluye la garantía de 1 año en su precio. Al no indicarse que dicha garantía pueda adquirirse por separado la consideramos como garantía legal (no es un servicio distinto). Adicionalmente, conforme al artículo 25 RICAC, es posible contratar un año más de garantía, por lo que se trata de una garantía tipo “servicio”. Dado que el cliente tiene la opción de adquirir la garantía adicional por separado, la garantía se trata como un servicio distinto y el tratamiento que debe recibir es el de un ingreso por prestación de servicios en el periodo de su devengo. En X2 se registraron ingresos por ventas por garantía ampliada por 2.000.000 x 2% = 40.000 €, que se devengan en este ejercicio, por lo que debieron registrarse como anticipo de clientes, que hay que corregir al inicio de X3, registrando posteriormente su devengo al cierre del X3: ------------------------------------------------ 01-01-X3 ----------------------------------------------- 40.000 113 Reservas voluntarias a 438 Anticipo de clientes 40.000 ------------------------------------------------ 31-12-X3 ----------------------------------------------- 40.000 438 Anticipo de clientes a 705 Ingresos por prestación de servicios 40.000 ------------------------------------------------ x ----------------------------------------------- En X3, dado que el devengo se produce en X4, procede el registro como anticipo de clientes (se han registrado como ingresos por ventas): Importe de la venta sin garantía ampliada: 4.590.000 / 1,02 = 4.500.000 € Importe de la garantía ampliada: 4.500.000 € x 2% = 90.000 €. Considerando que todas las ventas se han realizado a 01-01-X3 y que, por lo tanto, el periodo de garantía “legal” es hasta el cierre de X3 y la garantía “ampliada” se corresponde con X4, habría que entender que el devengo de dichos ingresos se produce en X4: ------------------------------------------------ 31-12-X3 ----------------------------------------------- 90.000 700 Venta mercaderías a 438 Anticipo de clientes 90.000 ------------------------------------------------ x -----------------------------------------------

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