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PROCEDIMIENTO ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS ALTA DE BIENES CATÁLOGO DE BIENES Y ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS
PROCEDIMIENTO ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS Contenido 1. OBJETIVO ................................ 2. ALCANCE ................................ 3. NORMATIVA DE REFERENCIA 4. TERMINOLOGÍA ESPECÍFICA Y ABREVIATURAS UTILIZADAS 5. ACTORES INTERVINIENTES 6. DESARROLLO................................ 7. RESPONSABILIDADES ................................ 8. ANEXOS ................................ Anexo I: Flujograma Proceso “Alta de Bien en Catálogo de Bienes y Servicios (Solicitado por la DGCyC)” ................................................................ Anexo II: Flujograma Proceso “Alta de Bien en Catálogo de Bienes y Servicios (Solicitado por el AC o la UR)” ................................................................ ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS ................................................................................................................................ ................................................................................................................................ NORMATIVA DE REFERENCIA ................................................................................................ TERMINOLOGÍA ESPECÍFICA Y ABREVIATURAS UTILIZADAS................................ ACTORES INTERVINIENTES ................................................................................................ ................................................................................................ ................................................................................................ ................................................................................................................................ o I: Flujograma Proceso “Alta de Bien en Catálogo de Bienes y Servicios (Solicitado por la ................................................................................................ Anexo II: Flujograma Proceso “Alta de Bien en Catálogo de Bienes y Servicios (Solicitado por el AC o ................................................................................................ Página 2 de 10 .......................................... 3 ........................................... 3 ........................................... 4 ............................................................. 4 ............................................... 4 ..................................................................... 5 ........................................................ 7 ............................................. 9 o I: Flujograma Proceso “Alta de Bien en Catálogo de Bienes y Servicios (Solicitado por la ...................................................... 9 Anexo II: Flujograma Proceso “Alta de Bien en Catálogo de Bienes y Servicios (Solicitado por el AC o ....................................................... 10
PROCEDIMIENTO ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS 1. OBJETIVO Establecer la metodología que regule Bienes y Servicios, efectuado por medio conforme al Nuevo Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial Decreto Reglamentario, determinando l intervienen en su ejecución. 2. ALCANCE La metodología que se define en el presente Administración General Centralizada, entendiéndose como tal a la Provincia de Córdoba según la Constitución Provincial: • Poder Ejecutivo. • Poder Legislativo. • Poder Judicial. • Tribunal de Cuentas. • Defensoría del Pueblo. Es de aplicación supletoria para: • Entidades Descentralizadas. • Empresas Agencias y Entes Estatales: o Empresas Públicas. o Sociedades Anónimas ( o Sociedades Anónimas (del Estado). o Sociedades de Economía Mixta. o Sociedades del Estado. o Empresas y Entes R o Entes Autárquicos. o Otros Entes Estata Quedan excluidos del ámbito de aplicación los siguientes contratos: • Los regidos por la Ley No 8614 • Los de Empleo Público. • Los de Crédito Público y sus accesorios, necesarios celebrar a los • Los que se celebren con Estados extranjeros, con internacional, con instituciones multilaterales de crédito y los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos Estados o entidad aplicación de las disposiciones de este régimen cuando ello así se establezca facultades de fiscalización sobre este tipo de contratos que la legislación vigente confier los organismos de control. ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS que regule el procedimiento de altas de bienes y/o ser efectuado por medio del Sistema Único de Administración Financiera (SUAF) conforme al Nuevo Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial , determinando las responsabilidades de las diferentes Unidades Orgánicas que La metodología que se define en el presente procedimiento es de aplicación obligatoria para Administración General Centralizada, entendiéndose como tal a los siguientes Órganos según la Constitución Provincial: Tribunal de Cuentas. Defensoría del Pueblo. Entidades Descentralizadas. Agencias y Entes Estatales: Públicas. Sociedades Anónimas (con participación estatal). Sociedades Anónimas (del Estado). Sociedades de Economía Mixta. Sociedades del Estado. Empresas y Entes Residuales. Entes Autárquicos. Otros Entes Estatales. Quedan excluidos del ámbito de aplicación los siguientes contratos: Los regidos por la Ley No 8614 -de Obras Públicas. Los de Empleo Público. Los de Crédito Público y sus accesorios, es decir todos aquellos contratos que sean necesarios celebrar a los fines de que la operación de crédito público sea concretada Los que se celebren con Estados extranjeros, con entidades regidas por el derecho público internacional, con instituciones multilaterales de crédito y los que se financien total o on recursos provenientes de esos Estados o entidad aplicación de las disposiciones de este régimen cuando ello así se establezca facultades de fiscalización sobre este tipo de contratos que la legislación vigente confier los organismos de control. Página 3 de 10 de altas de bienes y/o servicios en el Catálogo de Sistema Único de Administración Financiera (SUAF), conforme al Nuevo Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública Provincial y su as responsabilidades de las diferentes Unidades Orgánicas que es de aplicación obligatoria para la Órganos de Gobierno de es decir todos aquellos contratos que sean fines de que la operación de crédito público sea concretada. entidades regidas por el derecho público internacional, con instituciones multilaterales de crédito y los que se financien total o on recursos provenientes de esos Estados o entidad es sin perjuicio de la aplicación de las disposiciones de este régimen cuando ello así se establezca, y de las facultades de fiscalización sobre este tipo de contratos que la legislación vigente confiere a
PROCEDIMIENTO ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS • Los relativos a compras o locaciones que sean menester efectuar en países extranjeros y que tengan ejecución fuera del territorio nacional. 3. NORMATIVA DE REFERENCIA • Ley N° 10.155 – “Régimen de Compras y Contrataciones de la Admin Provincial” o Decreto Reglamentario N° 305/2014 Contrataciones de la Administración Pública Provincial. • Ley N° 9.086 – “Ley de Administración Financiera”. o Decreto Reglamentario N° 150 Financiera. • Ley N° 7630 – “Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas”. • Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial correspondiente al en curso. • Resolución N° 220/2013 del Ministerio de Finanzas del Sector Público”. • Resolución N° 04/2011 de la Secretaría de Administración Financiera Normas y Procedimientos • Clasificador de Erogaciones por carácter económico y objeto del gasto, publicado por el Ministerio de Finanzas, vigente. 4. TERMINOLOGÍA ESPECÍFICA Y ABREVIATURAS UTILIZADAS A continuación se detallan las abreviaturas utilizadas a lo largo del presente procedimiento: • SA: Servicio Administrativo • AC: Área de Contrataciones d • DGCyC: Dirección General de Compras y Contrataciones, o quien haga sus veces. • DGPIP: Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, o quien haga sus veces. • CGP: Contaduría General de la Provincia, o quien haga s • SUAF: Sistema Único de Administración Financiera. • UR: Unidad Requirente, o quien haga sus veces. 5. ACTORES INTERVINIENTES Las partes que intervienen durante el procedimiento un bien y/o servicio) en el Catálogo de Bienes y Servicios, • Servicio Administrativo o Área de Contrataciones de cada SA, o quien haga sus veces. • Dirección General de Compras y Contrataciones Pública, o quien haga sus veces. • Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, dependiente del Ministerio de Finanzas, o quien haga sus veces. ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS Los relativos a compras o locaciones que sean menester efectuar en países extranjeros y que tengan ejecución fuera del territorio nacional. DE REFERENCIA “Régimen de Compras y Contrataciones de la Admin Reglamentario N° 305/2014 de la Ley No 10.155 - Contrataciones de la Administración Pública Provincial. Ley de Administración Financiera”. Decreto Reglamentario N° 150/04de la Ley N° 9.086 - “Ley Orgánica del Tribunal de Cuentas”. Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial correspondiente al Resolución N° 220/2013 del Ministerio de Finanzas – “Normas Provinciales de Contabilidad Resolución N° 04/2011 de la Secretaría de Administración Financiera Normas y Procedimientos –SAF-”. Clasificador de Erogaciones por carácter económico y objeto del gasto, publicado por el nisterio de Finanzas, vigente. TERMINOLOGÍA ESPECÍFICA Y ABREVIATURAS UTILIZADAS A continuación se detallan las abreviaturas utilizadas a lo largo del presente procedimiento: Servicio Administrativo, o quien haga sus veces. AC: Área de Contrataciones de cada SA, o quien haga sus veces. DGCyC: Dirección General de Compras y Contrataciones, o quien haga sus veces. DGPIP: Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, o quien haga sus veces. CGP: Contaduría General de la Provincia, o quien haga sus veces. SUAF: Sistema Único de Administración Financiera. UR: Unidad Requirente, o quien haga sus veces. en durante el procedimiento de “alta de bien” (entendiéndose por ello el alta de Catálogo de Bienes y Servicios, son las siguientes: Servicio Administrativo, o quien haga sus veces. Área de Contrataciones de cada SA, o quien haga sus veces. Dirección General de Compras y Contrataciones, dependiente del Ministerio de Gestión o quien haga sus veces. Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, dependiente del Ministerio de Finanzas, o quien haga sus veces. Página 4 de 10 Los relativos a compras o locaciones que sean menester efectuar en países extranjeros y “Régimen de Compras y Contrataciones de la Administración Pública -Régimen de Compras y -Ley de Administración Ley de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial correspondiente al año Provinciales de Contabilidad Resolución N° 04/2011 de la Secretaría de Administración Financiera – “Compendio de Clasificador de Erogaciones por carácter económico y objeto del gasto, publicado por el A continuación se detallan las abreviaturas utilizadas a lo largo del presente procedimiento: DGCyC: Dirección General de Compras y Contrataciones, o quien haga sus veces. DGPIP: Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, o quien haga sus veces. de bien” (entendiéndose por ello el alta de , dependiente del Ministerio de Gestión Dirección General de Presupuesto e Inversiones Públicas, dependiente del Ministerio de
PROCEDIMIENTO ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS • Contaduría General de la Provincia, dependiente del Ministerio de Finanzas, o quien haga sus veces. • Unidad Requirente, o quien haga sus veces 6. DESARROLLO La función de administración del Catálogo de Bienes y Servicios vigente es exclusiva de General de Compras y Contrataciones, conforme Contrataciones de la Administración Pública Provincial y su Decreto Reglamentario No 305/2014. Sin embargo el procedimiento para el “alta de un bien” en el Catálogo iniciado por: 1. La DGCyC, o 2. El AC de cada SA, quien podrá a su vez de Dependiendo el caso, se deberá proseguir con lo indicado en el punto 6.1 ó 6.2, respectivamente. 6.1 Procedimiento de “alta de bien 6.1.1 Incorporación de un bien y/o servici Ante la necesidad de incorporar un de Bienes y Servicios, la DGCyC deberá realizar el alta del mismo a través del SUAF. Para ello el personal designado para tal fin, deberá ingr el módulo “PATRIMONIO –CATÁLOGO del bien”, a fin de añadir el mismo al Catálogo: no, si corresponde o no la carga masiva de Rentas. Luego de completar estos campos, el “ la DGCyC deberá notificar autorizados cuya imputación, según el objeto del gasto, está pendiente de aprobación 6.1.2 Imputación de la DGPIP Recibida la notificación realizada por la DGCyC, la DGPIP deberá evaluar la gasto del bien y/o servicio a incorporar. del gasto propuesto por la DGCyC o Luego de modificar el objeto del gasto propuesto, de correspond asumirá el estado “Validado Presupuesto existen nuevos bienes y/o servicios autorizados ALTA DE BIENES EN EL CATÁLOGO DE BIENES Y SERVICIOS Contaduría General de la Provincia, dependiente del Ministerio de Finanzas, o quien haga o quien haga sus veces La función de administración del Catálogo de Bienes y Servicios vigente es exclusiva de General de Compras y Contrataciones, conforme lo establece la Ley No 10.155 - ciones de la Administración Pública Provincial y su Decreto Reglamentario No 305/2014. Sin embargo el procedimiento para el “alta de un bien” en el Catálogo de Bienes y Servicios podrá ser , quien podrá a su vez delegar esta función en las UR. Dependiendo el caso, se deberá proseguir con lo indicado en el punto 6.1 ó 6.2, respectivamente. alta de bien” en el Catálogo de Bienes y Servicios, iniciado Incorporación de un bien y/o servicio por la DGCyC Ante la necesidad de incorporar un bien y/o servicio que no se encuentre disponible en el Catálogo de Bienes y Servicios, la DGCyC deberá realizar el alta del mismo a través del SUAF. Para ello el personal designado para tal fin, deberá ingresar al sistema, con su usuario y contraseña, CATÁLOGO BIENES” y completar los campos correspondientes al “ , a fin de añadir el mismo al Catálogo: nombre del bien, si se trata de un bien de carga masiva, la modalidad de compra, el objeto del gasto y Luego de completar estos campos, el “alta del bien” asumirá el estado “Pendiente de imputación la DGCyC deberá notificar por e-mail a la DGPIP de que existen nuevos bienes y/o servicios autorizados cuya imputación, según el objeto del gasto, está pendiente de aprobación putación de la DGPIP Recibida la notificación realizada por la DGCyC, la DGPIP deberá evaluar la imputación del objeto del el bien y/o servicio a incorporar. El responsable definido para tal fin, podrá a del gasto propuesto por la DGCyC o modificarlo e imputarlo al objeto del gasto Luego de modificar el objeto del gasto propuesto, de corresponder, y/o aprobarlo, “Validado Presupuesto” y la DGPIP deberá informar vía existen nuevos bienes y/o servicios autorizados cuya amortización debe ser determinada. Página 5 de 10 Contaduría General de la Provincia, dependiente del Ministerio de Finanzas, o quien haga La función de administración del Catálogo de Bienes y Servicios vigente es exclusiva de la Dirección - Régimen de Compras y ciones de la Administración Pública Provincial y su Decreto Reglamentario No 305/2014. Sin de Bienes y Servicios podrá ser Dependiendo el caso, se deberá proseguir con lo indicado en el punto 6.1 ó 6.2, respectivamente. iniciado por la DGCyC que no se encuentre disponible en el Catálogo de Bienes y Servicios, la DGCyC deberá realizar el alta del mismo a través del SUAF. Para ello el sistema, con su usuario y contraseña, seleccionar y completar los campos correspondientes al “alta si se trata de un bien de capital o objeto del gasto y la actividad Pendiente de imputación” y e existen nuevos bienes y/o servicios autorizados cuya imputación, según el objeto del gasto, está pendiente de aprobación. imputación del objeto del El responsable definido para tal fin, podrá aprobar el objeto e imputarlo al objeto del gasto correspondiente. er, y/o aprobarlo, el “alta del bien” vía e-mail a la CGP de que cuya amortización debe ser determinada.