Nội dung text SUPUESTO 3 IMPUTACIÓN TEMPORAL (SOLUCIÓN 2024-11-14).pdf
SUPUESTO 3 ENUNCIADO Determinar a qué periodo o períodos procede la imputación temporal de las siguientes rentas: 1. - Un contribuyente pacta el cobro de sus salarios el día 15 de cada mes, de tal forma que la empresa le abona la nómina de diciembre de 20X0 el 15 de enero del 20X1. 2.- Un joven agricultor percibe en 2023 una ayuda pública de 50.000 euros en el Marco Nacional de Desarrollo Rural de España para su primera instalación. 3.- D. Pedro vendió el 4 de diciembre de 2023 su piso de la playa por un total de 350.000 euros, siendo la ganancia de 100.000 euros. Se acordó que el pago del precio se efectuaría a plazos la siguiente forma: • 4 de diciembre de 2023: 60.000 • 4 de diciembre del 2024: 120.000 • 4 de diciembre del 2025: 170.000 4.- Fulgencio es titular de una explotación forestal. En el 2023 declara unos ingresos íntegros por importe de 4.000.000 de euros por la tala de unos árboles cuyo periodo de producción medio es de 20 años. El rendimiento neto previo declarado es de 500.000 euros. El rendimiento de la actividad se determina en régimen de estimación directa normal.
Del total de lo ingresos facturados, el cobro de 4.000.000 de euros se instrumentó en letras de cambio con los vencimientos e importes que se indican a continuación: • Julio de 2023: 1.500.000 • Diciembre de 2023: 500.000 • Julio 2024: 500.000 • Noviembre 2024: 500.000 • Julio 2025: 500.000 • Julio 2026: 500.000 En diciembre de 2024, D. Fulgencio decide descontar en su banco todas las letras de cambio que estaban pendientes de vencimiento y que aún no había cobrado. 5.- A don Ramón le han sido expropiadas dos fincas rústicas para construir una puente: a) Respecto de una de las fincas se ha seguido e procedimiento ordinario de expropiación. El justiprecio se le comunicó en junio de 2022. En dicembre de ese año se ocupa la finca. En marzo de 2023 de procede al pago del justiprecio. b) Respecto de la otra finca se siguió el procedimiento de urgencia, de forma que la fina se ocupa el mismo junio de 2022, tras realizarse el depósito previo previsto para estos casos. El justiprecio se fija en enero de 2024 y se cobra en diciembre de ese año. 6.- En 2023 la Inspección de los tributos comprueba la situación tributaria de un contribuyente y descubre que en el ejercicio 2020 la base imponible
declarada es de 40.000 euros, mientras que el importe comprobado de su patrimonio a 1-1-2020 es de 300.000 y a 31-12-2020 es de 400.000 euros. El contribuyente no puede justificar la financiación de esta diferencia. 7.- D. Luciano tiene una fábrica de zapatos. En 2022 transmite un inmueble que formaba parte de su activo fijo desde su adquisición en 2015, por 1.000.000 de euros. El beneficio de la operación fue de 600.000 euros. Y el calendario de cobros el siguiente: • 2022: 300.000 (al contado) • 2023: 400.000 (a 1 año) • 2024: 500.000 (a 2 años) El 31/12/2023, D. Luciano fallece. 8.- D. Manuel, empresario dedicada a la fabricación de coches, ha recibido una subvención no reintegrable, para la compra de una máquina por importe de 250.000 euros. La máquina se adquirió el 1 de septiembre, siendo su precio de 500.000 euros El empresario determina el rendimiento neto de su actividad en estimación directa normal. Ha contabilizado la subvención percibida de acuerdo con la norma contable y amortizando la maquinaria a razón de un 10 % anual. 9.- Don Teodoro, casado con Do Teodora en el régimen legal de gananciales, es titular de una empresa dedicada a la compraventa de embutido.
Determina el rendimiento neto de su actividad en el régimen de estimación directa normal. Para su actividad cuenta con un local adquirido por el matrimonio en 2005 por 125.000 euros. En 2023 el matrimonio llega a un acuerdo con una promotora para la permuta del citado local, en el que la promotora quiere construir viviendas, por otro local mejor situado, determinando una ganancia patrimonial de 300.000 euros. La empresa promotora dispone del citado local en el propio año 2023 al iniciar la construcción y tiene previsto entregar el local a Don Teodoro y a su esposa a principios del año 2025. 10.- A D. Pedro, propietario de un castillo declarado patrimonio histórico español se le otorga en 2023 una ayuda pública de 1.000.000 de euros para la rehabilitación de uno de sus salones. 11.- D. Pedro percibe en 2022, 1.000 euros por actualización salarial correspondientes al ejercicio 2021. Dicha actualización fue aprobada en un convenio colectivo pactado en 2022, que entró en vigor ese mismo año.