Nội dung text Resolución N° 020/2023 “POR LA CUAL APRUEBA EL REGLAMENTO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES”.pdf
JRPA/jrpa Página 17 de 29 Secretaría General Universidad Nacional de Misiones CONSEJO UNIVERSITARIO C or r e o E le c tr ó ni c o : r e c t or a d o. u n am i s@ gm ai l .c om S a n J u a n B a u ti s ta - M i si o n e s – P ar a g u ay Acta 2. 26 ene 2023 Resolución N° 020/2023 “POR LA CUAL APRUEBA EL REGLAMENTO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES” VISTO Y CONSIDERANDO: El orden del día; La presentación del Reglamento de Extensión Universitaria realizada por la Prof. Dra. MARIA ELEUTERIA MARTINEZ DE FERREIRA, Vicerrectora Académica Organizadora; La Ley 4995/2013 “De Educación Superior”, la Ley 6675/2020 “Que crea la Universidad Nacional de Misiones (UNAMIS)” y el Estatuto Universitario; EL CONSEJO UNIVERSITARIO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES LEGALES, RESUELVE: Art. 1°.- APROBAR el REGLAMENTO DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MISIONES, presentado por la Prof. Dra. MARIA ELEUTERIA MARTINEZ DE FERREIRA, Vicerrectora Académica Organizadora, de acuerdo al siguiente detalle: Art. 1o.- La extensión universitaria es la función institucional de interacción, inclusión e intervención para contribuir con la solución de problemas locales, regionales y nacionales y al desarrollo social, económico, cultural, medioambiental, político y científico tecnológico. La interacción social es la actividad que permite la relación recíproca, dinámica entre la Universidad Nacional de Misiones (UNAMIS) y la comunidad. Esta actividad se puede desarrollar en articulación con la docencia y la investigación. Art. 2o.- La estructura organizacional de la Extensión Universitaria deberá posibilitar a la comunidad relacionarse con la sociedad y proyectarse a ésta. A este efecto, la UNAMIS implementará la Extensión Universitaria a través del Vicerrectorado Académico. Art. 3°.- Son propósitos de la Extensión Universitaria de la UNAMIS: • Contribuir a la proyección integrada de competencias construidas en la institución al contexto social, de tal forma a consolidar una realimentación continua del proceso enseñanza aprendizaje. • Asegurar el impacto y relevancia social de los proyectos de Extensión Universitaria elaborados de tal forma que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de las personas con enfoque inclusivo.
JRPA/jrpa Página 18 de 29 Secretaría General Universidad Nacional de Misiones CONSEJO UNIVERSITARIO C or r e o E le c tr ó ni c o : r e c t or a d o. u n am i s@ gm ai l .c om S a n J u a n B a u ti s ta - M i si o n e s – P ar a g u ay Acta 2. 26 ene 2023 Resolución N° 020/2023 Página 2 • Propiciar la concreción de la función social de la Universidad a través del desarrollo de procesos educacionales diversos que respondan a la misión, visión y valores institucionales con el contexto social en el cual está inserta. • Contextualizar los proyectos de Extensión Universitaria a partir del diagnóstico de las necesidades básicas de la sociedad en diversos aspectos y sectores, según corresponda. • Articular los proyectos de Extensión Universitaria en forma efectiva y eficaz con la investigación y la docencia. • Propiciar la participación activa, procesual y permanente de estudiantes, docentes, directivos y demás miembros de la comunidad educativa en la elaboración, ejecución y evaluación de proyectos de Extensión Universitaria. Art. 4o.- De las actividades a ser consideradas de Extensión Universitaria Línea Académica a) Congresos, alfabetización, enseñanza de idiomas, lengua de señas, programas de capacitación a miembros de la comunidad, Conferencias, video conferencias, exposiciones, paneles, talleres, charlas educativas de interés social y comunitario, promoción de las careras, concursos, seminarios, simposios, foros: Organización, ejecución y evaluación de estos con temas diversos contextualizados a la carrera o necesidades emergente del entorno detectadas. (Ponderación: hasta 10 horas). b) Viajes de estudiantes de carácter académico fuera del departamento (fábricas, nosocomios, laboratorios, penitenciarias, empresas), con posterior impacto en la comunidad. (Ponderación: hasta 10 horas). c) Consultorías, asesorías, servicios profesionales, aplicación de pruebas psicodiagnósticas, jornada de actualización docente, a funcionarios de instituciones públicas y privadas, (Ponderación: hasta 10 horas). d) Publicaciones de artículos científicos, de revisión, de opinión, revistas impresas o digitales, blog, programas extensivos radiales y televisivos. (hasta 10 horas). e) Proyectos de extensión de línea académica con enfoque interdisciplinario y/o multidisciplinario con
JRPA/jrpa Página 19 de 29 Secretaría General Universidad Nacional de Misiones CONSEJO UNIVERSITARIO C or r e o E le c tr ó ni c o : r e c t or a d o. u n am i s@ gm ai l .c om S a n J u a n B a u ti s ta - M i si o n e s – P ar a g u ay Acta 2. 26 ene 2023 Resolución N° 020/2023 Página 3 actividades extra clase diversas de relevancia e impacto social. (Ponderación: Hasta 10 horas). Línea Cultural f) Organización y ejecución de eventos culturales, música, teatro, danza, festivales, concursos culturales, cine debate, coro, artes plásticas, valoración del folklore, de fotografía, de la tradición e identidad nacional, de la historia paraguaya y temas relevantes contextualizados en el entorno (Ponderación: hasta 10 horas). Línea Deportiva g) Organización y participación en actividades deportivas, ajedrez, atletismo, juegos colectivos, participación en juegos universitarios de carácter local, regional, nacional en representación de la universidad. (Ponderación: Hasta 10 horas). Línea Social- Comunitario h) Asistencia social, trabajos de voluntariados, campañas de concientización, campañas solidarias. (Ponderación: hasta 10 horas). i) Prestación de servicios a la comunidad: (Servicio a instituciones educativas, asentamientos, comunidades indígenas, comunidades barriales. Trabajo extra muro y visitas en hogares de refugios, en centros de salud, USF, hogares de niños y/o ancianos, hospital regional. Donaciones diversas. (Ponderación: hasta 10 horas). Art. 5°.- De la elaboración de los Proyectos de Extensión Universitaria a. Todas las actividades de extensión serán de cumplimiento obligatorio conforme al plan de estudios en cada asignatura de cualquier carrera de la UNAMIS. Por lo menos un proyecto de extensión por año. b. Los proyectos necesariamente deberán ser elaborados en base al formato establecido. c. Se sugiere considerar el enfoque interdisciplinario de integración de materias por curso o multidisciplinario para la elaboración y ejecución de los proyectos de extensión universitaria en la UNAMIS. d. Antes de la ejecución de los proyectos de Extensión Universitaria se deberá presentar indefectiblemente la planificación del proyecto de extensión según formato establecido por la Universidad para su revisión y aprobación respectiva. Las propuestas serán
JRPA/jrpa Página 20 de 29 Secretaría General Universidad Nacional de Misiones CONSEJO UNIVERSITARIO C or r e o E le c tr ó ni c o : r e c t or a d o. u n am i s@ gm ai l .c om S a n J u a n B a u ti s ta - M i si o n e s – P ar a g u ay Acta 2. 26 ene 2023 Resolución N° 020/2023 Página 4 presentadas, con 30 días de anticipación a la fecha prevista para su ejecución, como mínimo. e. Se emitirá la Aprobación de Proyecto de Extensión Universitaria, a través de la Dirección de Carrera, toda vez que el mismo reúna adecuadamente lo establecido en el formato del plan de Extensión Universitaria, requisito indispensable para su aprobación pertinente. Art. 6o.- De la Participación de los Estudiantes y Docentes. a. Los estudiantes deberán acreditar una cantidad de 30 horas en diversas actividades de extensión universitaria organizadas por esta universidad, como requisito obligatorio para tener derecho a defender el trabajo final de grado, distribuidas de la siguiente manera: Académicas diez horas como mínimo; Cultural, Deportivo, Socio - Comunitario diez horas como mínimo. b. Los estudiantes podrán acumular en el año hasta diez horas como máximo de extensión universitaria. Los casos excepcionales que pudieran presentarse al respecto deberán ser tratados por el CU de la UNAMIS. c. Los proyectos presentados por estudiantes y/o docentes pueden ser desde el primer curso hasta el último curso a través de las cátedras, (preferentemente con enfoque interdisciplinario de integración de materias o multidisciplinario) de manera que la actividad proyectada se relacione con la retroalimentación del proceso de enseñanza aprendizaje en forma procesual y en cada curso, así como con su formación académica, con la misión, visión, valores de la Universidad y con el perfil de egreso de la carrera respectiva. Art. 7o.- Del Registro de Participación a. Se elaborará una planilla de registro de la actividad realizada, los nombres de las personas que han participado en la extensión y el tiempo de duración de la participación efectiva en horas créditos. b. Después de concluir una actividad de extensión, los responsables del proyecto informarán de lo realizado a través del informe final que, servirá de fundamento y evidencia para el registro de las horas asignadas a los estudiantes.