Nội dung text Retención en la Fuente e Impuesto Sobre la Renta.pdf
PRESENTAR LA DECLARACIÓN (PERIODO = MENSUAL) 1. Por cada periodo fiscal se debe presentar una sola declaración de retenciones en la fuente. 2. Cuando el agente retenedor tenga sucursales o agencias deberá presentar una sola declaración de retenciones en forma consolidada. 3. Si no se practican retenciones en el periodo, no será necesario presentar la declaración (artículo 20 ley 1430 de 2010). Declaración en físico o vía internet con firma digital. 4. Consignar lo retenido: La consignación se debe hacer en los bancos autorizados y dentro de los plazos establecidos por el gobierno nacional. Las declaraciones deben presentarse con pago. 5. Expedir certificados: Por cada año gravable los agentes retenedores deberán expedir a cada contribuyente, un certificado de retenciones en donde consten todas las retenciones que le practicaron en el año gravable. Asalariados no declarantes: El certificado sustituye la declaración de renta. CONCEPTOS DE RETENCIÓN EN LA FUENTE 1. Ingresos laborales: (procedimientos No. 1ó 2), 2. Dividendos y participaciones (art. 380 E.T.), 3. Honorarios, 4. Comisiones, 5. Servicios, 6. Arrendamientos, 7. Rendimientos financieros, 8. Enajenación de activos fijos de personas naturales, 9. Otros ingresos tributarios, 10. Loterías, rifas, apuestas y similares y 11. Pagos al exterior.