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Nội dung text TEST PROCEDIMIENTO ABREVIADO R.pdf

1 POLICÍA MUNICIPAL DE MADRID – PROMOCIÓN LIBRE PROMOCIÓN INTERNA – INSPECTORES/AS – SUBINSPECTORES/AS – OFICIALES PROCEDIMIENTOS PENALES. PROCEDIMIENTO ABREVIADO 1. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿A qué delitos se aplica el procedimiento contemplado en el artículo 757? A. Delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años o con otras penas de distinta naturaleza, cualquiera que sea su cuantía o duración. B. Solo a delitos leves. C. Solo a delitos con pena privativa de libertad superior a nueve años. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 757. Sin perjuicio de lo establecido para los procesos especiales, el procedimiento regulado en este Título se aplicará al enjuiciamiento de los delitos castigados con pena privativa de libertad no superior a nueve años, o bien con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza bien sean únicas, conjuntas o alternativas, cualquiera que sea su cuantía o duración. 2. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Desde cuándo es necesaria la asistencia letrada para el investigado? A. Desde la apertura del juicio oral. B. Desde la detención o desde que resulte la imputación de un delito contra persona determinada. C. Solo si el investigado lo solicita. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 767. Desde la detención o desde que de las actuaciones resultare la imputación de un delito contra persona determinada será necesaria la asistencia letrada. 3. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Quién debe designar abogado de oficio si el investigado no lo ha hecho? A. El Ministerio Fiscal. B. El Colegio de Abogados, a solicitud de la Policía Judicial, Ministerio Fiscal o autoridad judicial. C. El propio investigado. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 767. La Policía Judicial, el Ministerio Fiscal o la autoridad judicial recabarán de inmediato del Colegio de Abogados la designación de un abogado de oficio, si no lo hubiere nombrado ya el interesado. 4. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Cómo se registran las actuaciones judiciales relativas a delitos de este Título? A. Como sumario. B. Como autos de procesamiento. C. Como diligencias previas. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 774. Todas las actuaciones judiciales relativas a delitos de los comprendidos en este Título se registrarán como diligencias previas y les será de aplicación lo dispuesto en los artículos 301 y 302. 5. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Qué debe hacer el Juez en la primera comparecencia del investigado? A. Informar al investigado, en la forma más comprensible, de los hechos que se le imputan. B. Dictar sentencia. C. Nombrar procurador de oficio. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 775.

3 11. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿En qué plazo debe dictarse la sentencia tras la finalización del juicio oral? A. En tres días. B. En cinco días. C. En diez días. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 789. La sentencia se dictará dentro de los cinco días siguientes a la finalización del juicio oral. 12. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Ante qué órgano es apelable la sentencia dictada por el Juez de lo Penal? A. Audiencia Provincial correspondiente. B. Tribunal Supremo. C. Juez Central de lo Penal. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 790. La sentencia dictada por el Juez de lo Penal es apelable ante la Audiencia Provincial correspondiente. 13. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Quién puede interponer recurso de apelación contra la sentencia? A. Solo el Ministerio Fiscal. B. Cualquiera de las partes. C. Solo el acusado. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 790. El recurso podrá ser interpuesto por cualquiera de las partes, dentro de los diez días siguientes a aquel en que se les hubiere notificado la sentencia. 14. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿En qué plazo puede interponerse el recurso de apelación contra la sentencia? A. En tres días. B. En cinco días. C. En diez días siguientes a la notificación de la sentencia. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 790. El recurso podrá ser interpuesto por cualquiera de las partes, dentro de los diez días siguientes a aquel en que se les hubiere notificado la sentencia. 15. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Ante qué órgano es apelable la sentencia dictada por el Sección Penal del Tribunal Central de Instancia? A. Audiencia Provincial. B. Tribunal Supremo. C. Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 790. 1. La sentencia dictada por el Juez de lo Penal es apelable ante la Audiencia Provincial correspondiente, y la del Juez Central de lo penal, ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Juez de lo Penal sería la Sección Penal del Tribunal de Instancia y el Juez Central de lo Penal sería la Sección Penal del Tribunal Central de Instancia. 16. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Qué ocurre si el Juez estima que el hecho no está suficientemente justificado? A. Abre juicio oral. B. Dicta sentencia condenatoria. C. Acordará el sobreseimiento que corresponda. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal
4 Artículo 779. Si estimare que el hecho no es constitutivo de infracción penal o que no aparece suficientemente justificada su perpetración, acordará el sobreseimiento que corresponda. 17. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Qué ocurre si el Juez de Instrucción estima que no existen indicios racionales de criminalidad contra el acusado? A. Acordará el sobreseimiento que corresponda. B. Abrirá juicio oral igualmente. C. Dictará sentencia absolutoria. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 783. Jurisprudencia Artículo 783. 1. Solicitada la apertura del juicio oral por el Ministerio Fiscal o la acusación particular, el Juez de Instrucción la acordará, salvo que estimare que concurre el supuesto del número 2 del artículo 637 o que no existen indicios racionales de criminalidad contra el acusado, en cuyo caso acordará el sobreseimiento que corresponda conforme a los artículos 637 y 641. 18. Ley de Enjuiciamiento Criminal. ¿Qué ocurre si el investigado nombra abogado particular antes de la designación de oficio? A. Se mantiene la designación del abogado particular. B. Se le asigna igualmente abogado de oficio. C. El Ministerio Fiscal debe aprobar la designación. Real Decreto de 14 de septiembre de 1882 por el que se aprueba la Ley de Enjuiciamiento Criminal Artículo 767. La Policía Judicial, el Ministerio Fiscal o la autoridad judicial recabarán de inmediato del Colegio de Abogados la designación de un abogado de oficio, si no lo hubiere nombrado ya el interesado.

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