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Contabilidad de Tributos E.G.A. ©JUNIO/2024 CTH / PRUEBA 07/06/2024 Página 1 CTH-2022/23 TL . SUPUESTO No 4. ISB EVENTOS Y DESARROLLOS La sociedad limitada EVENTOS Y DESARROLLOS, con domicilio fiscal en territorio español, durante el ejercicio 2X22 ha tenido un importe neto de cifra de negocios de 6.500.000 euros; siendo su resultado contable antes de impuestos de 450.000 euros. • INCN = 6.500.000 € (ERD) . Suponemos que el INCN de 2X21 <10.000.000 € (art. 101 Ley del Impuesto sobre Sociedades) • RCAI : 450.000 Está sujeta al Impuesto sobre Sociedades al tipo del 25 %, y en su planificación fiscal utiliza al máximo los beneficios fiscales establecidos en la normativa fiscal vigente. Durante el ejercicio 2X22 ha realizado, entre otras, las siguientes operaciones: 1.- El día 2 de febrero realiza una donación de diversos equipos informáticos a un centro de formación profesional. Estos equipos fueron adquiridos por 5.000 euros, teniendo una amortización acumulada de 4.500 euros. Se estima que el valor de mercado es de 1.000 euros. • Gasto contable: VNC = 500 €. Sólo se toma el VR si es a personas vinculadas.(RICAC IM). • Gasto fiscal = 0 (art. 15) donación.;
Contabilidad de Tributos E.G.A. ©JUNIO/2024 CTH / PRUEBA 07/06/2024 Página 2 • Además (art. 17 Lis) Renta fiscal = 1.000- VNC = 1000-500 = +500 • Ajuste conjunto: +500+500 = 1.000 DP 2.- En el mes de abril, presenta fuera de plazo la declaración anual de operaciones con terceras personas, por lo que se le impone una sanción de 400 euros. • Sanción gasto no deducible = art. 15 ; Ajuste : +400 (DP) En este mismo mes, presenta una declaración complementaria, sin requerimiento previo, del cuarto trimestre del ejercicio 2X21, del modelo 111, al haber omitido retenciones que efectuó pero que no ingreso. Esto supone unos intereses por presentación extemporánea de 1.500 euros. Pide aplazamiento de esta declaración complementaria por el que abona intereses por importe de 1.000 euros. • Doctrina actual: Cualquier tipo de intereses ya es deducible según el Tribunal Supremo = art. 15 a contrario. No hay ajuste. 3.- En el mes de junio, cobra 6.000 euros de unos clientes, cuya deuda se devengó en noviembre de 2X21 y por la que se dotó provisión (hoy se llaman deterioro). • No fue gasto de 2021 por el art. 13 L.I.S. (DTD OEA).
Contabilidad de Tributos E.G.A. ©JUNIO/2024 CTH / PRUEBA 07/06/2024 Página 3 No es ingreso fiscal de 2022, por el art. 11.5 procede de revertir un gasto que no fue deducible. Ajuste por DTD EA : -6.000 -------------------------------------- 31/12/2022 -------------------------------------- 1.500 (6301) Impuesto diferido A (4740) Diferencia temporaria deducible 1.500 4.- En el mes de septiembre, ante la oportunidad de entrada de nuevos inversores, se decide efectuar una ampliación de capital por importe de 1.000.000 euros. Dicha ampliación es desembolsada íntegramente, originando unos gastos notariales y de registro de 25.000 euros. Gasto con cargo en (113). Reservas voluntarias. Deducible DGT con el 11.3.1o de la L.I.S. Ajuste contra reservas: -25.000 €*25% -------------------------------------- 31/12/2022 -------------------------------------- 6.250 (6301) Impuesto diferido A (113). Reservas voluntarias 6.250
Contabilidad de Tributos E.G.A. ©JUNIO/2024 CTH / PRUEBA 07/06/2024 Página 4 5.- El 1 de octubre adquiere una maquinaria para incorporar a su proceso productivo, por importe de 200.000 euros. Tiene fijado un coeficiente de amortización en tablas del 10 % y un periodo máximo de 15 años. Por las características de la actividad y de la máquina, a efectos fiscales, ésta tiene libertad de amortización. • Gasto Contable: Suponemos que aplicamos el Coef máximo en contabilidad = 200.000*10%*3/12 = 5.000€ • Gasto fiscal: hasta 200.000 € DTI : Ajuste = -195.000 -------------------------------------- 31/12/2022 -------------------------------------- 48.750 (6301) Impuesto diferido A (479) Diferencias temporarias imponibles 48.750 6.- Tiene bases imponibles negativas de ejercicios anteriores por importe de 50.000 euros. • (4745) Créditos por pérdidas a compensar del ejercicio...: 12.500 7.- Tiene deducciones pendientes de aplicar por importe de 10.000 euros. • (4742) Derechos por deducciones y bonificaciones pendientes de aplicación: 10.000