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Nội dung text P09 Diseño de la oferta formativa y modificación de la memoria del título verificado.pdf

Unidad para la Calidad MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD (SGC) DEL CENTRO P09 DISEÑODE LA OFERTA FORMATIVA Y MODIFICACIÓN DE LA MEMORIA DEL TÍTULOVERIFICADO MPSGC-R5-P09 Diciembre 2023 Página 1 de 6 ÍNDICE 1- OBJETO Y ÁMBITO 2- DESARROLLO 3- SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y MEJORA 4- RESPONSABILIDADES, EVIDENCIAS Y ARCHIVO 5- RENDICIÓN DE CUENTAS 6- ANEXOS P09-ANEXO I Modelo de Adenda a los Títulos de Grado/Máster del Centro para su adaptación a la docencia mixta o multimodal (Escenario A) y a la docencia on line (Escenario B) CONTROL DEL DOCUMENTO Edición inicial Fecha Documento inicial 00 2009 septiembre Edición inicial documento marco de referencia Revisión Fecha Naturaleza de la revisión 1 (Antes V 0.1) 2009 diciembre Modificaciones tras revisión por la Unidad para la Calidad 2 (Antes V 1.0) 2014 septiembre Revisión en profundidad del SGC para adaptarlo a las nuevas exigencias normativas de la DEVA en relación con el seguimiento y acreditación de los títulos de Grado y Máster 3 (Antes V 2.0)1 2020 diciembre Revisión del procedimiento para su actualización y adecuación al Programa IMPLANTA-DEVA 4 (Antes V 2.1) 2022 diciembre Revisión del SGC para para su actualización y adecuación a las nuevas guías de la DEVA 2021, así como a la nueva normativa estatal 5 2023 diciembre Revisión no sustancial del SGC para su actualización y adecuación a las nuevas guías y requisitos exigidos por la ACCUA y al seguimiento interno del Centro ELABORACIÓN REVISIÓN APROBACIÓN Comisión de Garantía de Calidad del Centro Equipo Decanal Junta de Centro Fecha: septiembre 2023 Fecha: septiembre 2023 Fecha: diciembre 2023 FIRMA DECANO: 1 En aplicación de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (B.O.E. 23/3/2007), en este manual, toda referencia a personas, colectivos, cargos académicos, etc. cuyo género sea masculino, estará haciendo referencia a ambos géneros, incluyendo, por tanto, la posibilidad de referirse tanto a mujeres como a hombres.
Unidad para la Calidad MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD (SGC) DEL CENTRO P09 DISEÑODE LA OFERTA FORMATIVA Y MODIFICACIÓN DE LA MEMORIA DEL TÍTULOVERIFICADO MPSGC-R5-P09 Diciembre 2023 Página 2 de 6 1. OBJETO Y ÁMBITO El objeto de este procedimiento es establecer el modo por el cual el Centro establece su oferta formativa, partiendo de la situación actual e incorporando nuevos programas formativos oficiales de Grado y Máster, así como el cauce a seguir en el caso de necesitar introducir adaptaciones por situaciones de crisis sanitaria o asimiladas, o modificaciones en el diseño de sus títulos verificados. Este procedimiento es de aplicación a todas las titulaciones oficiales de Grado y Máster ofertadas por el Centro. 2. DESARROLLO 2.1. DISEÑO DE LA OFERTA FORMATIVA Con carácter general, el primer paso para que la Universidad obtenga el reconocimiento de un título oficial viene de la mano del proceso de verificación: la Universidad debe presentar al Consejo de Universidades un proyecto de título para su verificación; esta solicitud se debe realizar a través de la aplicación informática creada para tal fin. Para emitir el informe de verificación, el Consejo de Universidades solicita la elaboración de un informe de evaluación de la Agencia de calidad ACCUA. Si la verificación de la propuesta de plan de estudios es favorable, ésta se traslada a la Comunidad Autónoma Andaluza, que decide su autorización. En caso afirmativo, el título quedará inscrito en el Registro de Universidades, Centros y Títulos (RUCT) del Ministerio con competencias en Educación Superior y ya podrá ser impartido. Por lo que respecta a la Universidad de Huelva, en su propia normativa se regula la implantación de títulos de Grado, exponiéndose con detalle las diferentes etapas y procedimientos a seguir para la elaboración y aprobación de los mismos. De modo similar, el Reglamento de las enseñanzas oficiales de Máster de la Universidad de Huelva (aprobado en Consejo de Gobierno de 23 de abril de 2012), regula en su Capítulo 3 cómo deben realizarse las propuestas de nuevos títulos de Máster. El Consejo de Gobierno diseña la oferta formativa de la Universidad de Huelva, realizando las propuestas de las nuevas titulaciones conforme a la legalidad vigente en la materia, produciéndose de este modo la plena integración de la UHU en el Espacio Europeo de Educación Superior. En caso de que proceda, se tendrá en cuenta también la posible extinción de algún título (P11 Suspensión y extinción del Título). 2.2. ADAPTACIÓN DE LA MEMORIA DEL TÍTULO POR SITUACIÓN DE CRISIS SANITARIA O SIMILAR El Centro, de acuerdo con la regulación existente para la situación de crisis sanitaria o similar declarada por los órganos competentes, adoptará las medidas previstas por el Consejo de Gobierno de la UHU para la adaptación de las Memorias de los Títulos impartidos en el Centro, asegurándose la adopción de las
Unidad para la Calidad MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD (SGC) DEL CENTRO P09 DISEÑODE LA OFERTA FORMATIVA Y MODIFICACIÓN DE LA MEMORIA DEL TÍTULOVERIFICADO MPSGC-R5-P09 Diciembre 2023 Página 3 de 6 medidas organizativas que resulten necesarias a la situación de crisis declarada. La Comisión de Seguimiento de Planes de Estudios debe adaptar el contenido de las Memorias, según el procedimiento previsto por la UHU, a los dos escenarios de docencia mixta o multimodal (escenario A) y de docencia online (escenario B) previstos en el Anexo I de este procedimiento, debiendo ajustar, en estos casos, la enseñanza presencial de las asignaturas teórico-prácticas del Título, las prácticas externas curriculares, los TFG/TFM, así como sus metodologías docentes y de evaluación. Una vez elaborado el Anexo I, el Secretario de la Comisión de Seguimiento de Planes de Estudios lo enviará al Secretario del Centro, para su revisión por el Equipo Decanal, quien remitirá a la Junta de Centro el documento definitivo para su aprobación y posterior remisión al Vicerrectorado competente. 2.3.MODIFICACIÓN DE LA MEMORIA DEL TÍTULO VERIFICADO El Decreto 154/2023, de 27 de junio, de ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, conforme a lo previsto en el art. 30 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, regula el proceso de modificaciones a un título ya implantado. Establece distinciones este las modificaciones sustanciales y las no sustanciales de los planes de estudios. El proceso que una titulación debe seguir para realizar estas modificaciones será diferente si el título se oferta en Centros Acreditados institucionalmente o no. Las modificaciones de un plan de estudios deben estar motivadas como resultado del análisis de su implantación y seguimiento que de ella realiza la universidad. Estas propuestas deben venir avaladas y aprobadas por los órganos de gobierno de la universidad, previo informe favorable de los sistemas internos de garantía de la calidad. Las modificaciones no sustanciales de los planes de estudios impartidos en centros universitarios acreditados institucionalmente, serán aprobadas por los órganos de gobierno de la universidad, previo informe favorable preceptivo y vinculante de los sistemas internos de garantía de la calidad. Las modificaciones sustanciales de los planes de estudios impartidos tanto en centros universitarios no acreditados institucionalmente, como en centros universitarios acreditados institucionalmente, se solicitarán al Consejo de universidades y serán tramitadas de igual forma que el proceso de verificación. Por otra parte, la ACCUA ha publicado el procedimiento que deben seguir las universidades andaluzas que quieran solicitar modificaciones de sus títulos universitarios oficiales de Grado y Máster.
Unidad para la Calidad MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE GARANTÍA DE CALIDAD (SGC) DEL CENTRO P09 DISEÑODE LA OFERTA FORMATIVA Y MODIFICACIÓN DE LA MEMORIA DEL TÍTULOVERIFICADO MPSGC-R5-P09 Diciembre 2023 Página 4 de 6 Por todo ello, la Universidad de Huelva ha elaborado el “Procedimiento de tramitación de las solicitudes de modificación de los títulos verificados de grado y máster de la Universidad de Huelva”, aprobado por Consejo de Gobierno en Sesión Ordinaria de 28/11/2014, que especifica todos los pasos a seguir en el caso de plantearse la necesidad de introducir modificaciones en el plan de estudio de un título ya verificado. Concretamente el procedimiento elaborado establece lo siguiente: a- La propuesta de modificación del plan de estudios deberá ser aprobada por la Junta del Centro responsable. Previamente, la Comisión de Seguimiento de Planes de Estudios del Centro elaborará la propuesta de Modifica, según el cronograma elaborado por la CGCT, y que será remitida por su Secretario al de la CGCT, para que realice un informe sobre la propuesta recibida. La propuesta de Modifica y el informe emitido sobre la misma por la CGCT serán enviados por el Secretario de la CGCT al Vicedecano de Calidad, para que se revise por el Equipo Decanal y se someta, en su caso, a la aprobación de la Junta de Centro. b- El Centro remitirá la propuesta aprobada al Vicerrectorado con competencias en estudios de Grado y/o Máster. c- El Vicerrectorado realizará una primera valoración sobre los cambios propuestos y la adecuación a los requerimientos establecidos por la normativa interna de la UHU y el protocolo de la ACCUA. Si la propuesta de modificación se considera inadecuada, se devolverá al órgano responsable para su revisión. d- Si la propuesta de modificación es adecuada, el Vicerrectorado competente valorará si incluye "modificaciones sustanciales", según lo estipulado en los protocolos de evaluación de la ACCUA. En este caso, la propuesta será sometida a exposición pública durante un plazo de 15 días naturales para que la comunidad universitaria pueda consultarla y hacer las alegaciones que estime oportunas, utilizando el sistema establecido. e- La Comisión de Ordenación Académica (COA), para el caso de los Grados, o la Comisión de Posgrado, para los Máster, analizará las propuestas presentadas, así como las posibles alegaciones que se hayan recibido en el plazo de exposición pública. Dicha comisión emitirá un informe que trasladará al Consejo de Gobierno para su aprobación, si procede. f- El Consejo de Gobierno someterá a aprobación, si procede, dichas propuestas. Tras su aprobación, las propuestas seguirán el trámite previsto a través del Consejo de Universidades. g- Las propuestas de modificación consideradas como "no sustanciales" según los protocolos de evaluación de la ACCUA, por no incidir la naturaleza, objetivos y características del título, si se trata de planes de estudios impartidos en centros universitarios acreditados institucionalmente, serán remitidas por el Vicerrectorado competente a la COA o la Comisión de Posgrado, que podrá autorizarlas para su

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