Content text 2013 CTHE AL (SOLUCIÓN 2022-10-30).pdf
CTHE AL 2013 ENUNCIADO Haciendo referencia a los preceptos normativos en que se basa, indique cuál es el modo de proceder correcto en cada uno de los supuestos que se describen, señalando si procede, los periodos a tener en cuenta a la hora de dictar la correspondiente liquidación de intereses de demora. Señale el importe del recargo del periodo ejecutivo o de extemporaneidad a liquidar. a) En fecha 1 de abril de 2014, la entidad XX presenta autoliquidación sin ingreso, correspondiente al modelo 115, 1T del 2014, con un importe a ingresar de 2.000,00 €. Con fecha 17 del mismo mes se acuerda devolución de IVA2013/4T, por un importe de 1.800,00. Al día siguiente, día 18, se solicita compensación a instancia de parte de la referida deuda, con la devolución acordada y se procede a ingresar la cantidad de 200,00 €. b) El mismo supuesto descrito en el supuesto anterior, pero no se solicita la compensación de la deuda, la devolución es reconocida en la fecha indicada por un importe de 2.000,00 € y queda pendiente de ordenación del pago.
©PG 30-10-2022 SOLUCIÓN (30/10/2022) NORMATIVA: - Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: art. 73, 161 - ORDEN de 20 de noviembre de 2000 por la que se aprueban los modelos 115, en pesetas y en euros. a) En fecha 1 de abril de 2014, la entidad XX presenta autoliquidación sin ingreso, correspondiente al modelo 115, 1T del 2014, con un importe a ingresar de 2.000,00 €. Con fecha 17 del mismo mes se acuerda devolución de IVA2013/4T, por un importe de 1.800,00. Al día siguiente, día 18, se solicita compensación a instancia de parte de la referida deuda, con la devolución acordada y se procede a ingresar la cantidad de 200,00 €. El modelo 115 es el modelo de declaración trimestral de etenciones e ingresos a cuenta por rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos. Se tiene que presentar por todas aquellas personas o entidades, incluidas las Administraciones Públicas, que estén obligadas a retener o a ingresar a cuenta del IRPF, del IS y del IRNR (establecimientos permanentes) y satisfagan rentas sujetas a retención o ingreso a cuenta por rendimientos del capital inmobiliario y de actividades económicas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos correspondientes a perceptores que tengan la consideración de contribuyentes por el IRPF, o satisfagan rentas procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos correspondientes a sujetos pasivos del IS, así como las correspondientes a establecimientos permanentes de contribuyentes por el IRNR. Se presentará en los veinte primeros días naturales siguientes al trimestre natural. Para Gran empresa: veinte primeros días de cada mes. Por tanto, la declaración por el 1T/2014 tiene que presentarse entre el 1/04 al 20/04. Como la presenta el 1/04, la presenta dentro de plazo. No ingresa al tiempo de la presentación de la declaración, pero dado que presenta una solicitud de compensación dentro del plazo de periodo voluntario no se iniciará