Content text Manual Estandarizado Procedimental | LSPD
LOS SANTOS POLICE DEPARTMENT LOS SANTOS POLICE DEPARTMENT MANUAL DE PROCEDIMIENTOS POLICIALES Índice de contenidos CAPÍTULO I - DERECHOS Y DEBERES FUNDAMENTALES CAPÍTULO II - CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DE SAN ANDREAS CAPÍTULO III - CÓDIGO DISCIPLINADO CAPÍTULO IV - ESTÁNDARES DE APARIENCIA PROFESIONAL CAPÍTULO V - CUERPOS NORMATIVOS INTERNOS: MANUALES, REGLAMENTOS TÉCNICOS Y PROCEDIMIENTOS CAPÍTULO VI - CONTEXTO HISTÓRICO-JURÍDICO DEL DEPARTAMENTO DE POLICÍA DE LOS SANTOS CAPÍTULO VII - ESTRUCTURA JURÍDICO. ADMINISTRATIVA INTERNA DEL DEPARTAMENTO CAPÍTULO VIII - FUNCIONALIDAD Y ESPECIALIDADES OPERATIVAS DEL DEPARTAMENTO DE POLICÍA DE LOS SANTOS CAPÍTULO IX - PROTOCOLOS JURÍDICO-OPERATIVOS PARA LA GESTIÓN DE ALERTAS TÉCNICAS Y ACTUACIONES DE INTERVENCIÓN ESPECIAL CAPÍTULO X - PRIMEROS AUXILIOS INTRODUCCIÓN La labor policial representa un compromiso fundamental con la seguridad, el orden público y la protección de los derechos de todos los ciudadanos. Ingresar a esta profesión no sólo exige vocación y disciplina, sino también preparación constante, ética profesional y una comprensión clara del marco legal y operativo en el que se desempeñan las fuerzas de seguridad. Este Manual de Novato ha sido elaborado como una guía práctica y accesible para aquellos agentes que inician su carrera en la institución. Su propósito es ofrecer orientación básica sobre principios fundamentales, procedimientos operativos, protocolos de actuación y conductas esperadas dentro y fuera del servicio. En sus páginas encontrará información clave para enfrentar con profesionalismo y seguridad los retos cotidianos de la función policial. Documento realizado por: Capitán III Luke Wallace
LOS SANTOS POLICE DEPARTMENT cuales deben ser comunicados de manera clara y comprensible a toda persona detenida, como garantía de su derecho a la defensa y al debido proceso legal. En la función policial, los Derechos Miranda es uno de los pilares fundamentales, todo agente tiene la OBLIGACIÓN de conocerlos y la OBLIGA de enunciarlos a un sujeto bajo custodia policial, todo agente que NO LEA los Derechos Miranda a un detenido antes de su procesamiento, conlleva a una sanción grave por parte de Asuntos Internos. Los Derechos Miranda o la “Advertencia Miranda” fue establecida después de que la Corte Suprema de los Estados Unidos resolviera en el caso "Miranda contra Arizona" de 1966, que la confesión del acusado Miranda realizada a la policía, no era admisible como prueba, debido a que no había sido debidamente informado de que tenía derecho a guardar silencio y a contar con la asistencia de un abogado y que cualquier declaración suya podría ser utilizada como prueba en su contra. El criterio fue ratificado por la Corte Suprema en el caso "Dickerson v. United States" en el año 2000. La Advertencia Miranda se ha establecido como procedimiento policial de rutina para evitar la violación del derecho constitucional a no auto incriminarse, garantizado por la Quinta Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos (derecho a guardar silencio). DERECHOS MIRANDA Tiene derecho a guardar silencio, todo lo que usted diga podrá ser utilizado en su contra ante un Tribunal Judicial. Tiene derecho a asistencia letrada y si no dispone de ella se le asignará un abogado de oficio si usted no ha sido pillado cometiendo el delito. Tiene derecho a una llamada que no exceda el minuto de duración con la condición de que se realice en presencia de un oficial de policía y con el altavoz puesto. Tiene derecho a ser analizado por un médico para realizar un parte de lesiones en el caso de que se hayan producido. Tiene derecho a que su privación de libertad sea notificada a un familiar o a un tercero a elegir. Documento realizado por: Capitán III Luke Wallace
LOS SANTOS POLICE DEPARTMENT CAPÍTULO II: CONSTITUCIÓN DEL ESTADO DE SAN ANDREAS La Constitución del Estado de San Andreas es la ley principal del Estado. Sirve como base legal y política para todo el gobierno y establece las reglas más importantes que deben seguir tanto las autoridades como los ciudadanos. Esta Constitución está inspirada en modelos como la de los Estados Unidos, lo que significa que organiza el poder en tres ramas principales. Poder Ejecutivo: Encargado de gobernar y hacer cumplir las leyes. Lo lidera el Gobernador del Estado. Poder Legislativo: Es el que crea y aprueba las leyes. Está formado por un Congreso o Asamblea Estatal. Poder Judicial: Se asegura de que las leyes se apliquen de manera justa. Aquí encontramos los tribunales y jueces del Estado. Además de definir cómo funciona el gobierno, la Constitución protege los derechos y libertades de todas las personas en el Estado. Estos derechos incluyen, por ejemplo, la libertad de expresión, el derecho a la propiedad y la igualdad ante la ley. Enlace directo a la constitución: Documento realizado por: Capitán III Luke Wallace