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Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Prueba clase 01-10-2024 (solpropia) Página 1 de 5 01/10/24 - j.d.b. CONTABILIDAD FINANCIERA Y SOCIEDADES INMOVILIZADO Las partidas más relevantes del balance de la entidad PLUTARCO, SA en X12 (saldos medios) son las siguientes: Se pide: Determinar el importe de los gastos financieros en X12 y proceder a su registro contable teniendo en cuenta: Opción A: que la construcción del Inmovilizado en curso se inició a comienzos de X12 estando prevista su finalización en abril de X13. El coste financiero explícito de cada una de las deudas que figuran en el Pasivo es el siguiente: Deudas a LP: 5% Deudas a CP: 6% Préstamo específico: 4%. Opción B: durante los meses de mayo, junio y julio de X12 la empresa constructora no ha girado certificaciones de obra alguna, motivo por el cual la entidad PLUTARCO, SA ha invertido parte del préstamo obtenido para la construcción del inmovilizado (5.000 €) en una imposición a plazo a 3 meses (TAE 3%). Opción C: suponer que del total de las Deudas a CP, un importe de 4.000 € se solicitaron para financiar la adquisición de un vehículo industrial recientemente adquirido por la entidad.
Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Prueba clase 01-10-2024 (solpropia) Página 2 de 5 01/10/24 - j.d.b. INMOVILIZADO Opción “A”: La NRV 2a del PGC relativa al Inmovilizado Material, dispone: “En los inmovilizados que necesiten un período de tiempo superior a un año para estar en condiciones de uso, se incluirán en el precio de adquisición o coste de producción los gastos financieros que se hayan devengado antes de la puesta en condiciones de funcionamiento del inmovilizado material y que hayan sido girados por el proveedor o correspondan a préstamos u otro tipo de financiación ajena, específica o genérica, directamente atribuible a la adquisición, fabricación o construcción”. Por su parte, la Resolución de 14 de abril de 2015, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen criterios para la determinación del coste de producción, y en particular la Norma Novena, establece que: “Entre otros, se consideran gastos financieros, los intereses y comisiones devengados como consecuencia de la utilización de fuentes ajenas de financiación, tanto específica como genérica”. La determinación de los gastos financieros susceptibles de capitalización, debe seguir el siguiente esquema, descrito en la propia RICAC: 1o.- El valor contable de los activos «aptos» para capitalizar los gastos financieros “se calculará como el promedio de los citados activos a lo largo del ejercicio, minorado en el importe de las subvenciones, donaciones y legados específicos que se hubieran recibido para su financiación”. 40.000 € 2o.- Fuentes Ajenas Específicas (F.A.E.): “Se entiende que las fuentes específicas de financiación ajena de cada elemento son las primeras a tener en cuenta. A estos efectos, fuentes de financiación específica son aquellas que inequívocamente han sido empleadas para la financiación de las existencias o del inmovilizado en curso, no reputándose como tal la simple nominación de la deuda, es decir, que en todo caso debe existir una identificación entre el activo financiado y la deuda correspondiente. La parte correspondiente del importe de los gastos financieros devengados por las fuentes de financiación específicas, se imputará como mayor valor del activo en producción o construcción a que se ha hecho referencia”. De los datos facilitados se desprende que ha sido financiado en 12.000 € con un coste financiero del 4%. El importe de los intereses activables: 12.000 x 4 % x 1 año = 480 € 3o.- Fuentes Ajenas No Específicas (F.A.N.E.): “Al valor contable del inmovilizado en curso que resulte una vez descontada la parte financiada con fuentes específicas se le asignará proporcionalmente, como parte de la financiación, el resto de fondos ajenos no comerciales, excluida en todo caso, la financiación específica de otros elementos del activo” Los gastos financieros devengados por la actualización de valor de las provisiones, en principio, no constituyen gastos financieros vinculados a la producción de un activo, salvo que de manera indubitada tuvieran que calificarse como tales. La inversión pendiente de asignar financiación (40.000 – 12.000 = 28.000 €), hay que entenderla financiada “proporcionalmente” con el resto de las fuentes no específicas, excluidas las deudas comerciales y aquellas deudas que financien de forma específica otros elementos de activo.
Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Prueba clase 01-10-2024 (solpropia) Página 3 de 5 01/10/24 - j.d.b. Inmovilizado en curso VC activos aptos 40.000 ( F.A.E.) Fondos Ajenos Específicos (12.000) VC - F.A.E. 28.000 FANE - Deudas comerciales 27.000 + 9.000 36.000 Conforme indica la RICAC: c) Los gastos financieros a que se refiere la letra anterior se calcularán en función del tipo medio ponderado de interés, que se determinará de la siguiente forma: c.1. Una vez determinadas las fuentes de financiación ajena excluidas las deudas comerciales, se calculará el total de los gastos financieros devengados por las mismas. El tipo de interés medio ponderado se obtendrá al relacionar los dos componentes anteriores y reflejará el coste de utilización de la financiación ajena. c.2. La magnitud obtenida en el apartado anterior se aplicará a la parte de inversión en las existencias y del inmovilizado una vez descontada la parte financiada con fondos ajenos específicos, con el límite para esa diferencia del importe de los fondos ajenos no obtenidos específicamente para estas operaciones, excluidas las deudas comerciales. Gastos financieros no específicos: 27.000 x 5% + 9.000 x 6% = 1.890 € Fuentes financieras no específicas: 27.000 + 9.000 = 36.000 € Coste medio del pasivo no específico: (27.000 x 5% + 9.000 x 6%) / (27.000 + 9.000) = 5,25% Importe a capitalizar FANE: 28.000 x 5,25% = 1.470 € Total importe a capitalizar (FAE + FANE) = 480 + 1.470 = 1.950 € En los cálculos anteriores hay que tener en cuenta:  El importe máximo a activar no puede exceder de los propios gastos financieros en que se haya incurrido durante el ejercicio: 2.370 € (480 + 1.890). Finalmente, la inclusión de los gastos financieros activados debe ubicarse en el resultado financiero. En este sentido, en la medida que los importes sean significativos, se creará una partida en el margen financiero con la denominación «Incorporación al activo de gastos financieros». ------------------------------------------------ X ----------------------------------------------- 1.950 23X Inmovilizado material en curso (480 + 1.470) a 76x Incorporación al activo de gastos financieros 1.950 ------------------------------------------------ X -----------------------------------------------
Centro de Estudios Tributarios de Andalucía Prueba clase 01-10-2024 (solpropia) Página 4 de 5 01/10/24 - j.d.b. Opción “B”: Conforme a la RICAC de coste de producción: Si parte de dicha financiación ha generado ingresos, debe entenderse que durante su periodo de generación estos fondos no han sido aplicados a financiar el inmovilizado y, en consecuencia, dichos gastos no deberán ser objeto de capitalización en la parte proporcional asociada a la financiación que ha originado los citados ingresos”. El capital medio que se considera FAE teniendo en cuenta que durante 3 meses parte del mismo (5.000) no se ha invertido en la construcción del inmovilizado: 12.000 x (9/12) + 7.000 x (3/12) = 9.000 + 1.750 = 10.750 Por tanto, la parte de gastos financieros activables en concepto de FAE serían: 10.750 x 4 % = 430 € Al variar la FAE, la parte del valor en libros del activo pendiente de asignar financiación se modifica, al indicar al RICAC que dicho fondos “no han sido aplicados a financiar el inmovilizado”, resultando: Inmovilizado en curso VC activos aptos 40.000 ( F.A.E.) Fondos Ajenos Específicos (10.750) VC - F.A.E. 29.250 FANE - Deudas comerciales 27.000 + 9.000 36.000 29.250 x 5,25% = 1.535,62 Además, habría que registrar tanto la suscripción de la IPF como el devengo de intereses: ------------------------------------------------ 01-05-X12 ----------------------------------------------- 5.000,00 576 Inversiones a CP de gran liquidez a 572 Bancos 5.000,00 ------------------------------------------------ 01-08-X2 ----------------------------------------------- 5.037,50 572 Bancos a 576 Inversiones a CP de gran liquidez 5.000,00 a 762 Ingresos de créditos (5.000 x 3% x 3/12) 37,50 ------------------------------------------------ X ----------------------------------------------- 1.965,62 23X Inmovilizado material en curso (430 + 1.535,62) a 76x Incorporación al activo de gastos financieros 1.965,62 ------------------------------------------------ X ----------------------------------------------- NOTA: Los gastos financieros correspondientes a 5.000 x (3/12) x 4% = 50, al no ser objeto de activación, se quedarían registrados en la (662).

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