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Content text CTTO. 2025.pdf

CONTRATO DE ACREDITACIÓ N COMO CENTRO DE EVALUACIÓ N (CCF CENTRO DE CONSULTORÍA FORMATIVA), QUE CELEBRAN POR UNA PARTE RED SMS PRO S.A. DE C.V., A QUIEN EN LO SUCESIVO S E LE DE NO MI NARÁ “EL O RG ANI S MO Y/O ICEMéxico”, REPR ES E NTADA, LA C. CARMEN PATRICIA MARTÍNEZ ALEJOS EN SU CARÁCTE R DE APODERADO LEGAL; POR OTRA PARTE “EL CENTRO”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DE CLARACIONE S Y CLÁUS ULAS : D E C L A R A C I O N E S I.- De “EL ORGANISMO”. 1.1 Que es una empresa legalmente constituida, según consta en la Escritura Pública número 1165 (mil ciento sesenta y cinco), volumen XVI décimo sexto, de fecha 22 de abril del 2014, otorgada ante la fe de la Licenciada María Guadalupe Gutiérrez Galván, titular d e la Notaría Publica número 30, del Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato, México. 1.2 Que la C. Carmen Patricia Martínez Alejos, en s u carácter de Representante Legal, cuenta con las facultades necesarias y suficientes para suscribir el presente contrato, mismas que a la fecha no les han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna, según consta en la escritura pública número 2049 de fecha 07 de marzo del 2022. Otorgada ante la fe de la Licenciada María Guadalupe Gutiérrez Galván, titular de la Notaría Pública número 30, del Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato, México. 1.3 Que tiene como objetivo principal, entre otros, proporcionar capacitación, asesoría, adiestramiento, representación, contratación y subcontratación de empleados, vendedores, demostradores y encargados, nacionales o extranjeros. 1.4 Que tiene la capacidad jurídica para contratar y obligarse a la prestación de los servicios de este contrato. 1.5 Que de conformidad con el contrato del día veintiséis de septiembre del 2018, RED SMS PRO S.A de C.V, quedó acreditada por el Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales CO NO CE R, como entidad Organismo Certificador OC063 - 18. 1.6 Que tiene por objeto entre otros: 1.6.1. Formar profesionales aptos para la aplicación y generación de conocimientos. 1.6.2. Otorgar acreditación bajo los criterios rector es de calidad establecidos por “EL O RG ANI S MO”, a centros de evaluación y evaluadores independientes que realicen la evaluación de la competencia de los individuos que deseen obtener su certificado de competencia, bajo los criterios establecidos en los estándares de competencia EC en que esté acreditado. 1.6.3. Verificar externamente los procesos de evaluación de competencia que instrumenten los centros de evaluación y evaluadores independientes que acredite. 1.6.4. Certificar conforme a los criterios, lineamientos y principios establecidos en las “Reglas Generales” y criterios para la integración y operación del Sistema Nacional de Competencias, la competencia de los candidatos evaluados por los centros de evaluación y por los evaluadores independientes que acredite, con base en los estándares de competencia correspondientes. 1.7 Que cuenta con los recursos necesarios para cubrir las erogaciones que derivan de la suscripción del presente instrumento. 1.8 Que su Registro Federal de contribuyentes es: RSP-140422 -RY6 1.9 Que su domicilio legal para efectos del presente contrato se localiza en: el Inmueble denominado “Torre Girsa” ubicado en avenida Torres Landa número 204, quinto piso, fraccionamiento del parque, C.P. 38010 en la ciudad de Celaya, Guanajuato. Asimismo, manifiesta que, en términos del Código Civil Federal de aplicación supletoria, expresa su consentimiento para recibir cualquier notificación relativa a los fines y objeto del presente contrato en la siguiente dirección de correo electrónico: [email protected]
2.- De “EL CENTRO” 2.1 Que sus datos generales han quedado debidamente señalados en la CARÁTULA de ACREDITACIÓ N como CENTRO DE EVALUACIÓ N que forma parte integral del presente contrato, manifestando expresamente que tiene la capacidad jurídica suficiente para celebrar el presente Contrato, así como para hacer frente a todas y cada una de las obligaciones consignadas a su favor dentro del presente instrumento. 2.2 Que tiene la capacidad jurídica para contratar y obligarse a la prestación de los servicios materia de este contrato. 2.3 Que cuenta con la experiencia, capacidad técnica y financiera, así como con los elementos materiales y humanos propios necesarios para obligarse en los términos del presente contrato. 3.- De “LAS PARTES”. 3.1. Que consideran que la alineación, capacitación, evaluación y certificación del personal resulta de sumo interés e importancia para ambas, toda vez que, al contarse con personal mejor preparados y capacitados, además del beneficio que representa para éstos, el mismo se verá reflejado para la organización a la que pertenecen y para la comunidad en su conjunto. 3.2. Que conocen el contenido del presente contrato y que es su voluntad obligarse en términos del mismo. 3.3. De conformidad con las declaraciones anteriores se reconocen la personalidad jurídica y la capacidad legal que ostentan, y con fundamento en los artículos 47, 51, 66 de las “Reglas Generales” y criterios para la integración y operación del Sistema Nacional de Competencias del CONOCER, de común acuerdo conviene en suscribirse el presente contrato, al tenor de las siguientes: C L Á U S U L A S PRIMERA. OBJETO. “EL ORGANISMO” otorga en este acto a “EL CENTRO” la acreditación en los estándares de competencia que se mencionan en la CARÁTULA de ACREDITACIÓ N como CENTRO DE EVALUACIÓ N, para fungir como Centro de Evaluación del Sistema Nacional de Competencias que promueve, coordina y regula a nivel nacional el propi o Consejo Nacional de Normalización y Certificación de Competencias Laborales (CONO C ER), lo que faculta contractualmente a “EL CENTRO” en la realización de los procesos de evaluación y certificación de la competencia de personas, conforme a estándar es de competencia vigentes en el Registro Nacional de Estándares de Competencia del CO NO CE R. P ar a los efectos procedentes, “E L OR GANI S M O” y “E L CE NTRO” obs ervarán y cumplirán con todas y c ad a una de las C LÁU SU LA S del instrumento legal de referencia, las cuales cons ervan todo s u valor y fuer z a legal vinculatoria, salvo lo estipulado e n este adendum modificatorio. La acreditación, conforme se estipula en el presente contrato, en la legislación aplicable y en las “Reglas Generales” y criterios de integración y operación del Sistema Nacional de Competencias, faculta a “EL CENTRO” para: 1. Prestar los servicios de evaluación con fines de certificación de la competencia en función de las previsiones del presente contrato, de los manuales, de las “Reglas Generales” y criterios de integración Operación del SNC, de los estándares de competencia correspondientes y de las directrices, procedimient os e instrucciones que emite el CO NO CE R, y los lineamientos establecidos por “EL ORGANIS M O”, en el presente contrato. 2. Usar y aprovechar los estándares de competencia, exclusivamente con propósitos de evaluación con fines de certificación de la competencia, por lo que cualquier uso distinto a lo establecido en el presente contrato será motivo de rescisión. El otorgamiento de las facultades descritas en el numeral anterior no implica la concesión de derechos a “EL CENTRO” para el establecimiento y operación de otro centro de evaluación, asimismo la normatividad que se incluye en el presente contrato no se otorga para fines de su comercialización sino para consulta y aplicación; el CO NO CE R es el único propietario de los derechos correspondientes. SEGUNDA. NUEVOS E S T Á N D A R E S DE COMPETENCIA. En c aso de cualquier ampliación y/ o renovación en estándar es de competencia, posteriores a la firma del presente convenio, “EL ORGANISMO”, de conformidad con las “Reglas Generales” y demás disposiciones que de ella se deriven, acreditará y/o renovar á la acreditación de estándares de competencia a “EL CENTRO” mediante una solicitud y pago correspondiente, que formará parte integrante de este contrato.

j. Indicar a “EL CENTRO”, los sistemas de cómputo y los aspectos técnicos requeridos para la adecuada operación y conexión con “EL ORGANISMO” y el CONOCER, mediante la plataforma ICEMéxico Online en curso digital “Transferencia de conocimientos par a Centros de Evaluación y Evaluadores Independientes”. k. Revisar dentro del término de 5 días la primera publicidad que “EL CENTRO” realice una vez que esté acreditado para operar. l. Revisar el primer proceso de evaluación que realice “EL CENTRO” por medio de un verificador externo para verificar la correcta recolección de datos y evidencias que se requieren tanto en el proceso como en la elaboración del portafolio de evidencias y seguimiento para gestión de certificado. m. Informar a “EL CENTRO” de las nuevas acreditaciones, renovaciones y vencimientos de acreditaciones, en estándares de competencia, en un periodo máximo de diez días hábiles previos o posterior es, según sea el caso. n. Gestionar ante el CO NO CE R las acreditaciones iniciales o de primera vez, así como las renovaciones y ampliaciones que pretenda realizar “EL CENTRO”, conforme a las Reglas Generales y criterios para la integración y operación. o. Realizar ante el CO NO CE R todos los trámites derivados de la terminación anticipada de la acreditación de los Centros de Evaluación y/o Evaluadores Independientes, de conformidad con lo establecido en las “Reglas Generales” y demás disposiciones que de ella deriven. p. Llevar a cabo los actos necesarios para lograr la interconexión de los Centros de Evaluación y/o Evaluadores Independientes con los sistemas del CONOCE R y la Red Informática de operación del SNC, conforme se vayan desarrollando y q. Definir las plataformas, redes sociales o nuevas tecnologías que “EL CENTRO” deberá utilizar para las campañas, lanzamientos o embudos, que se realizará por medio de comunicados oficiales. r. Revisar las plataformas, redes sociales o nuevas tecnologías de “EL CENTRO” cuando considere necesario. s. Revisar las plataformas, redes sociales o nuevas tecnologías que “EL CENTRO” utilice para realizar el análisis previo a que “EL CENTRO” borre datos. t. Proporcionar la política de privacidad a “EL CENTRO”. SEXTA. O BLI G ACI O NE S DE “EL CENTRO” Para cumplir con el objeto del presente contrato, “EL CENTRO” reconoce y acepta que está obligado a prestar sus servicios de acuerdo con lo dispuesto en este contrato, las “Reglas Generales”, manuales de operación, guías técnicas, lineamientos, estándar es de operación, niveles de servicios, políticas, procedimientos, directrices y demás disposic iones que de ellas deriven y que sean establecidos por “ EL ORGANISMO” y el CONOCER en el ámbito del Sistema Nacional de Competencias, los cuales forman parte integrante de este acuerdo de voluntades. Asimismo “EL CENTRO” se obliga a: a. Abstenerse de realizar conductas, acciones o cualquier acto doloso o ilícito que dañen la imagen del CO NO CER, “EL ORGANISMO” ICEMéxico, del Sistema Nacional de Competencia, de la marca RED CONOCER de Prestadores de servicios (diseño) o de las marcas CONOCE R (diseño). b. Abstenerse a ceder cualquier derecho u obligación derivada de la acreditación como centro de evaluación sin contar para ello, con el previo consentimiento y autorización por escrito del “EL ORGANISMO”. c. Recibir las 2 claves de ac ces o para el Transfer de conocimientos par a Centros de Evaluación y solicitar la baja del acceso una vez que la relación con “EL ORGANIS M O” termine. d. Cumplir con la cláusula de información confidencial y protección del “secreto industrial”, establecida en este contrato, durante el tiempo de l a acreditación y durante 5 años posteriores a la baja de su Centro de Evaluación. e. Cumplir con el pago de las cuotas a que esté obligado, conforme a lo establecido en las “Reglas Generales” y demás disposiciones que de ellas se deriven y la cláusula cuarta de este contrato. f. Atender los aspectos de equipamiento e imagen del centro de evaluación, relacionados en el manual de identidad institucional Red CONOCER de Prestadores de Servicios proporcionado por el CO NO CE R y manual de identidad institucional ICEMexic o. g. Solicitar a “EL ORGANISMO” su registro como centro; asimismo cuando “EL CENTRO” solicite ampliaciones o renueve la acreditación de Estándar es de competencia, deberá informar a “EL O RG ANI S MO” los cambios, movimientos de las f unciones, sustitución del personal vinculado con las funciones de evaluación, verificación interna y con todas aquellas relacionadas con el aseguramiento de la excelencia e n la operación y servicio a usuarios, de conformidad con lo establecido en las “Reglas Generales” y demás d i s p o s i c i o n e s q u e d e e l l a s d e r i v e n .

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