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1 POLICÍA MUNICIPAL AYUNTAMIENTO DE MADRID PROMOCIÓN INTERNA OFICIAL - INSPECTOR/A - SUBISNSPECTOR/A ARMAMENTO: ASIGNACIÓN, TENENCIA, DEPÓSITO Y CUSTODIA DEL ARMA DE FUEGO REGLAMENTARIA. CAUSAS QUE MOTIVAN LA RETIRADA DEL ARMA DE FUEGO REGLAMENTARIA 1. La naturaleza jurídica del Cuerpo de Policía Municipal de Madrid es: A. Un instituto armado y de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada y subordinada, bajo la superior autoridad del Alcalde. B. Un instituto armado y de naturaleza civil, con estructura jerarquizada, bajo la superior autoridad del Alcalde. C. Un instituto armado y de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada bajo la superior autoridad del Alcalde. 2. Los miembros de los Cuerpos de policía local, como integrantes de un instituto armado, portarán y, en su caso, utilizarán el armamento reglamentario que se les asigne, según indica: A. El artículo 9 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. B. El artículo 8 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. C. Artículo 7 de la Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. 3. El Decreto por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid es el: A. Decreto 112/1993, de 28 de octubre. B. Decreto 210/2021, de 15 de septiembre. C. Decreto 121/1993, de 28 de octubre. 4. Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal. ¿Qué artículo regula el equipo personal y arma que se deberá facilitar a los miembros de la Policía Municipal? A. Artículo 153 del Reglamento del Cuerpo. B. Artículo 53 del Reglamento del Cuerpo. C. Ambas son falsas. 5. El artículo 160 del Reglamento para el Cuerpo de la Policía Municipal se refiere a: A. La pérdida, sustracción o destrucción del arma o guía de pertenencia. B. A la guía de pertenencia del arma. C. La obligación de portar el arma y exenciones. 6. Según el Reglamento para el Cuerpo de Policía municipal el arma será retirada definitivamente, entre otros casos: A. Por jubilación, excedencia o situación de servicios especiales. Por enfermedad o disminución psicofísica que incapacite para la tenencia del arma de fuego. En caso de sanción firme de separación definitiva del servicio. B. En caso de sanción firme de separación definitiva del servicio. Por la comisión de infracciones en que la legislación aplicable prevea la retirada del arma. Por fallecimiento del titular. C. Ambas respuestas son correctas. 7. Según el Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal, el arma será retirada temporalmente, entre otros casos: A. Por impedimentos físicos sobrevenidos. B. Por enfermedad o disminución psicofísica que incapacite para la tenencia del arma de fuego. C. Ninguna es correcta.
2 8. Cuando a un miembro del Cuerpo de Policía Municipal le sea retirada el arma reglamentaria: A. No podrá utilizar cualquier otra arma de fuego en la prestación de servicio, ni realizar las prácticas de tiro periódicas, siempre que la retirada tenga carácter definitivo exclusivamente. B. No podrá utilizar cualquier otra arma de fuego en la prestación de servicio, pero podrá realizar las prácticas de tiro, con independencia de que la retirada del arma reglamentaria tenga carácter temporal o definitivo. C. No podrá utilizar cualquier otra arma de fuego en la prestación de servicio, ni realizar las prácticas de tiro periódicas, con independencia de que la retirada del arma reglamentaria tenga carácter temporal o definitivo. 9. Señale la respuesta correcta según lo dispuesto en el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid: A. Para garantizar la adecuada preparación en el uso de las armas, los ayuntamientos promoverán la realización de dos prácticas de tiro anual. B. La Comunidad de Madrid garantizará la formación periódica en el mantenimiento y utilización de las armas. C. Las dos respuestas son correctas. 10. Señale la respuesta correcta según lo dispuesto en el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid: A. Las armas y demás medios de defensa reglamentarias, así como la munición y accesorios técnicos pertenecerán a la Comunidad de Madrid. B. El tipo de armas y demás medios de defensa reglamentarias, tenencia, utilización y las medidas de seguridad necesarias con el fin de evitar la pérdida, sustracción o la utilización indebida del armamento se ajustarán a lo que reglamentariamente determine la Comunidad de Madrid, de conformidad con la normativa estatal vigente. C. El tipo de armas y demás medios de defensa reglamentarias, tenencia, utilización y las medidas de seguridad necesarias con el fin de evitar la pérdida, sustracción o la utilización indebida del armamento se ajustarán a lo que reglamentariamente determine la Comunidad de Madrid, previo informe de la Comisión Regional de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid. 11. Señale la respuesta correcta según lo dispuesto en el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid: A. Se consideran armas y medios de defensa reglamentarias aquellas que el ayuntamiento o la Comunidad de Madrid asignen a los miembros de los Cuerpos de policía local para el cumplimiento de sus funciones. Entre las mismas se encuentran las armas de fuego, así como las referidas a dispositivos eléctricos de control. B. Se consideran armas y medios de defensa reglamentarias las armas de fuego y los dispositivos eléctricos de control. C. Las dos respuestas son correctas. 12. ¿Qué artículo del Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid regula el armamento y medios de defensa de los policías locales? A. El artículo 111. B. El artículo 112. C. El artículo 113. 13. Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid. ¿A quién pertenecen las armas y demás medios de defensa reglamentarias, así como la munición y accesorios técnicos? A. A los propios policías locales. B. A la Comunidad de Madrid. C. A los respectivos ayuntamientos. 14. Reglamento para el Cuerpo de Policía Municipal. ¿En qué situación están exentos los miembros de la Policía Municipal de portar el arma? A. En los servicios burocráticos o los prestados en el interior de dependencias policiales y judiciales sin tener asignadas misiones de vigilancia. B. En los actos protocolarios que se determinen. C. Las dos respuestas anteriores son correctas.