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Norma ANSI/ASSE Z117.1- 2003 Requerimientos de Seguridad para espacios Confinados REQUISITOS DE LA NORMA 1. Alcance, objeto y aplicación 1.1 Alcance. Esta norma contiene los requisitos de seguridad mínimos que deberán seguirse para ingresar, salir y trabajar en espacios confinados a presión atmosférica normal. Excepción. Esta norma no corresponde a espacios confinados inertes intencionalmente, trabajos de compuerta, excavación de túneles, extracción subterránea, u otras tareas similares que tienen normas de consenso establecidas. 1.2 Objeto. El objeto de esta norma es establecer los requisitos mínimos y procedimientos para la seguridad y salud de los empleados que trabajan en espacios confinados y en relación con los mismos. 1.3 Aplicación. Esta norma ha sido diseñada para su aplicación voluntaria después de la aprobación como Norma Nacional Norteamericana. 2. Definiciones TECNICO DE GUARDIA. Persona asignada para monitorear una operación o proceso de espacio confinado y proporcionar soporte o reaccionar según sea necesario para proporcionar seguridad a las personas que ingresan y al equipo de entrada. PELIGROS BIOLOGICOS. Agentes microbiales que presentan un riesgo o riesgo potencial a los seres humanos a través de la inhalación, ingestión, absorción por la piel, o inyección. OBTURACION. Insertar una barrera sólida en el extremo abierto de la tubería, o entre dos bridas, resultando dentro o fuera del espacio confinado, y asegurando la barrera de forma que se evite las fugas de materiales. ESPACIO CONFINADO. Área cerrada que es lo suficientemente larga y que está configurada de manera tal que un empleado puede ingresar con el cuerpo y que tiene las siguientes características: su función principal es algo distinta a la de la ocupación humana, y tiene ingreso y salida restringidos (El ingreso y salida restringido es una configuración física, que requiere el uso de las manos o la contorsión del cuerpo para ingresar o salir de un espacio confinado). BLOQUEO DOBLE Y PURGA. Método usado para aislar un espacio confinado de una línea, ducto o tubería mediante el cierre físico de dos válvulas principales en un sistema de tuberías, y la apertura de una válvula de “venteo a la atmósfera” entre ellas.
EMERGENCIA. Cualquier ocurrencia dentro o fuera del espacio confinado que podría poner en peligro al equipo de ingreso. RODEO. Rodeo y captura efectiva de una persona por un líquido o sustancia sólida fluida. PERSONA QUE INGRESA. Persona que ingresa a un espacio confinado para realizar una tarea específica. INGRESO. El ingreso de personas a espacios confinados, que se produce en caso de rompimiento del plano del portal del espacio confinado con cualquier parte del cuerpo. El ingreso comprende todos los periodos de tiempo en los que se ocupa el espacio confinado. SUPERVISOR/LIDER DEL INGRESO. Persona asignada con la función de dirigir todos los aspectos relacionados con el ingreso al espacio confinado. EVACUACION. Una salida de emergencia sin ayuda que puede ser del espacio confinado. Esta acción puede ser causada por la decisión de la propia persona que ingresa o por una orden de fuera de un espacio. PELIGRO. Condición o ambiente cambiante de circunstancias que presentan un potencial peligro de daños, enfermedad o daños a la propiedad. Las características inherentes o potenciales de una actividad, condición o circunstancia que puede producir consecuencias peligrosas o adversas. ATMOSFERA PELIGROSA. Una atmósfera que puede ser o es peligrosa para los ocupantes debido a deficiencia o enriquecimiento de oxígeno; inflamabilidad o capacidad de explosión; o toxicidad. RESCATE HORIZONTAL. Metodología para mover a la persona/objeto que ingresa a una condición de seguridad mientras el peso de la persona/objeto que ingresa es soportada por la superficie del piso del espacio u otro nivel horizontal dentro del espacio. TRABAJO EN CALIENTE. Trabajo dentro de un espacio confinado que produce arcos, chispas, llamas, calor u otras fuentes de ignición. AISLAMIENTO. Proceso que físicamente interrumpe, desconecta o ambos, tuberías, líneas y fuentes de energía desde espacios confinados. LEL/LFL y UEL/UFL. Abreviatura para “límite de explosión menor”/ “límite inflamable menor” y “límite de explosión superior / limite inflamable superior”. BLOQUEO/ROTULADO. Colocación de un bloqueo/rótulo en el dispositivo de aislamiento de energía siguiendo un procedimiento establecido, indicando que el dispositivo de aislamiento de energía no será operado hasta la eliminación del bloqueo/rótulo de conformidad con el procedimiento establecido. (El término bloqueo/rotulado permite el uso de un dispositivo de bloqueo, rótulo o una combinación de ambos. ESPACIO CONFINADO QUE NO REQUIERE PERMISO (NPCS, por sus siglas en inglés) Espacio que, por configuración, cumple con la definición de espacio confinado pero que
después de la evaluación es improbable que tenga peligros potenciales o tenga peligros eliminados por controles de ingeniería. ATMOSFERA CON INSUFICIENCIA DE OXIGENO. Atmósfera que contiene menos de 19.5% de oxigeno en volumen. ATMOSFERA ENRIQUECIDA CON OXIGENO. Atmósfera que contiene mas de 23.5% de oxigeno en volumen. PEL. Abreviatura en inglés para “Límite de exposición permitido”. PEL es el nivel de contaminantes en el aire permitidos por el Departamento de Trabajo, Seguridad Ocupacional y Administración de la Salud de EE.UU. ESPACIO CONFINADO QUE REQUIERE PERMISO: (PRCS por sus siglas en inglés) Espacio confinado que, después de evaluación, contiene peligros potenciales o reales. Debido a los peligros, el espacio confinado requiere autorización escrita para el ingreso. SISTEMA DE PERMISOS. Procedimiento escrito para preparar y expedir permisos para ingresar al espacio confinado con permiso (PRCS) y dejar el mismo listo para funcionar después de terminar el ingreso. PERSONA CALIFICADA. Persona que por razón de entrenamiento, educación y experiencia conoce la operación que será realizada y es competente para juzgar los peligros involucrados y especificar los controles y/o medidas de protección. RESCATE. Asistencia de un rescatista para salir del espacio confinado requerido. RECUPERACION. Asistencia para salir del espacio confinado que no requiere ingreso. USO DEL TIEMPO FUTURO. También denota obligación. DEBERÍA. Denota que la recomendación es una práctica de seguridad, no denota un requisito obligatorio. TLV®. Abreviatura en inglés para Valor Límite. ATMOSFERA TOXICA. Atmósfera que contiene una concentración de una sustancia por encima de los niveles de seguridad conocidos o de cualquier otra forma. RESCATE VERTICAL. Metodología para mover a la persona que ingresa a seguridad mientras todo o parte del peso de la persona que ingresa es sostenido con soga o cable. Esta metodología incluiría Rescate Diagonal cuando una parte del peso de la persona que ingresa es sostenido por una superficie dentro del espacio. 3. Identificación y evaluación Requisitos generales 3.1. Estudio De Espacio Confinado. Una persona calificada realizará un estudio inicial de las instalaciones u operaciones, o ambas para identificar los espacios confinados tal como lo define esta norma. Se establecerá un proceso para identificar la adición o
eliminación de espacios confinados para mantener el inventario documentado actualizado. 3.2. Identificación De Peligros. Los espacios confinados serán considerados peligrosos hasta que se determine lo contrario. Se identificarán los peligros para cada espacio confinado. El proceso de identificación de peligros incluirá, con fines enumerativos más no limitativos, una revisión de lo siguiente: 3.2.1 Los usos pasados y actuales del espacio confinado que puedan afectar de manera negativa la atmósfera del espacio confinado; 3.2.2 Las características físicas, configuración y ubicación del espacio confinado. 3.2.3 Los peligros atmosféricos existentes o potenciales como: 1) Atmósfera enriquecida o sin suficiente oxigeno 2) Atmósfera con explosivos/inflamable 3) Atmósfera tóxica 3.2.4 Peligros biológicos; 3.2.5 Peligros mecánicos. 3.2.6 Peligros físicos. 3.3 Evaluación de peligros. Los peligros identificados serán evaluados por una persona calificada. Cada peligro será examinado con respecto a 3.3.1 Alcance de la exposición al peligro; 3.3.2 Magnitud del peligro; 3.3.3 Probabilidad de la ocurrencia del peligro; 3.3.4 Consecuencias de la ocurrencia de peligro; 3.3.5 Potencial para condiciones o actividades cambiantes; 3.3.6 Estrategias para el control de peligros; 3.3.7 Impacto en la necesidad de respuesta en caso de emergencia; 3.4 Clasificación de espacios confinados. En base a la evaluación de los peligros, la persona calificada clasificará un espacio confinado como un espacio confinado que requiere permiso (PRCS) o un espacio confinado que no requiere permiso (NPCS). Todos los espacios confinados serán tratados como espacios que requieren permisos hasta que se determine lo contrario. 3.5 Reevaluación de peligros. Una persona calificada determinará la necesidad de identificación y reevaluación periódica de los peligros en base a posibles cambios en las actividades en el espacio u otras condiciones físicas y ambientales que podrían